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(2018/10) Propuesta de Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería por la que se aprueba la estrategia de gestión integrada de riesgos derivados de la presencia de topillo campesino –microtus arvalis (pallas)- en el territorio de C y L. (Cerrado)

En qué consiste

El topillo campesino es una especie que experimenta explosiones demográficas eventuales y recurrentes en las que tiende a dispersarse, ocupando y colonizando cualquier espacio que pueda proporcionarle refugio y alimento. Cuando esta situación se vincula a ecosistemas agrarios puede entrar en conflicto con la producción agrícola, lo que ha motivado que se sucedan actuaciones por parte de las administraciones y de los agricultores dirigidas a su control en el marco de la normativa vigente.

Así, el Decreto 11/2008, de 14 de febrero, creó el comité científico de lucha contra plagas agrícolas de Castilla y León y el grupo de trabajo específico, la comisión de roedores y otros vertebrados; el Real Decreto 409/2008, de 28 de marzo, establecía el programa nacional de control del topillo campesino; El Acuerdo 53/2009, de 14 de mayo, de la Junta de Castilla y León, aprobó el Plan Director de lucha contra las plagas agrícolas en Castilla y León; el Acuerdo de 13 de febrero de 2014, de la Junta de Castilla y León, aprobó medidas fitosanitarias para la prevención y control del desarrollo de poblaciones de topillo campesino en Castilla y León y el Acuerdo 78/2016, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, declaró de utilidad pública las medidas y actuaciones fitosanitarias de lucha contra el desarrollo de las poblaciones de topillo campesino en Castilla y León.

La comisión de roedores y otros vertebrados recomienda que la lucha contra el topillo campesino no se limite a momentos temporales en los que se detecten riesgos de explosiones demográficas, sino que se desarrolle un programa de gestión a largo plazo en el que se integren las necesidades productivas y del entorno ambiental y las características y condicionantes del agroecosistema. Las medidas que propone dicha comisión deben constituir una estrategia compatible y respetuosa con la conservación de los distintos ecosistemas, la biodiversidad y los recursos naturales de la región.

El artículo 125 de la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, establece que las actuaciones de la Administración de la Comunidad en materia de plagas agrícolas y epizootias deben llevarse a cabo de manera planificada, a través de instrumentos de programación que establezcan el protocolo de actuación de los órganos y unidades administrativas implicadas. De esta forma, la Consejería de Agricultura y Ganadería se propone la aprobación de una estrategia de gestión preventiva, integrada y respetuosa con el medio ambiente, cuya finalidad es establecer las actuaciones destinadas a reducir los riesgos derivados de la presencia del topillo campesino en el ámbito del territorio agrícola de Castilla y León.

Propuesta de Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería por la que se aprueba la estrategia de gestión integrada de riesgos derivados de la presencia de topillo campesino –microtus arvalis (pallas)- en el territorio de Castilla y León.

Fecha de publicación 4 de octubre de 2018

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 29 de octubre de 2018

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