Código de la propuesta: CYL-2018-09-4976
Respetar el derecho al descanso de los profesionales asi como la conciliacion laboral y familiar, incentivos economicos o en permisos, no se pueden dar mas meritos por el mismo tiempo de trabajo porque va en contra de las premisas de igualdad, merito y capacidad que marca la normativa autonomica. Facilitar y cubrir infraestructuras y material de trabajo y no cargar al profesional con el uso de sus propiedades (vehiculo, aparataje, telefonia, etc). No se puede dar un criterio de puesto de dificil cobertura de forma arbitraria, porque no es tanto la dificil cobertura del puesto por localizacion geografica, como las condiciones laborales que se le imponen al trabajador.
En relación con su aportación, informarle que desde la Gerencia Regional de Salud se trabaja permanentemente por mejorar la sanidad pública siempre en el marco del respeto absoluto de los derechos de los trabajadores de Sacyl. Derecho al descanso, derechos derivados de las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar, y todos los demás derechos de los que son titulares. En cuanto a que no se pueden dar un criterio de puesto de difícil cobertura de manera arbitraria, totalmente conformes, y prueba de ello es no sólo que se establecen los criterios que se considera que hoy en día han de ser tenidos en cuenta para determinar como de difícil cobertura o provisión un puesto, sino también en el hecho de que en el propio proyecto se contempla su revisión, como mucho, cada 4 años, y en todo caso siempre que se solicite.Es más, es cierto que las condiciones propiamente laborales determinan las características del puesto, pero también lo es que entre esas condiciones laborales se encuentran cuestiones geográficas o de ubicación del puesto de trabajo.Dicho lo cual, agradecemos su aportación, por considerar que son actuaciones como ésta, las que nos permiten avanzar en la mejora del Sistema Público de Salud de Castilla y León