Código de la propuesta: CYL-2018-09-4972
Devolver las 35 horas semanales a los profesionales que estén en zonas de difícil cobertura. También, y no necesariamente excluyente con la anterior, abonar el kilometraje desde el domicilio hasta la ZBS para aquellos que tengan que desplazarse más de 50 km desde su domicilio. Estos desplazamientos no sólo cuestan dinero, sino también esfuerzo físico y una inversión económica personal previa en un medio de locomoción.
En relación con su aportación, comentarle que las medidas incentivadoras incluidas en el proyecto de decreto son las que en principio y en estos momentos se consideran oportunas e implementables en función de las necesidades detectadas y la disponibilidad presupuestaria de la Junta de Castilla y León. No obstante ello, estas medidas pueden ser variadas, sustituidas o complementadas en cualquier momento, procediéndose a valorar todas las propuestas en este y otros foros. En cuanto a la medida de abonar el kilometraje desde el domicilio al puesto de trabajo, señalarle que de conformidad con el Acuerdo 103/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la compensación económica de los desplazamientos del personal de las instituciones sanitarias, serán compensados mediante las cuantías establecidas, los desplazamientos realizados con ocasión de avisos domiciliarios, es decir, con ocasión de la necesidad de cobertura de prestación asistencial, pero en ningún caso los desplazamientos desde el domicilio de los profesionales. Y, en lo que respecta a la jornada de 35 horas semanales, señalar que en el Acuerdo en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los empleados públicos de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus Organismos Autónomos, firmado en el seno de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Marco por el que se recuperan derechos de los empleados públicos y se fijan las prioridades en materia de Función Pública, para la legislatura 2015/2019, en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, se establece la jornada ordinaria y otras jornadas para el período estival de 2018 y 2019. No obstante ello, y conforme hemos expuesto, estas medidas pueden verse complementadas con otras, siempre que se consideren oportunas y exista disponibilidad presupuestaria para ello, toda vez que desde la Consejería de Sanidad se trabaja en todo momento por el bienestar de sus profesionales, no sólo los afectados por el presente proyecto de Decreto, sino por todos, lo que determina el que el fin esencial sea la mejora de las condiciones laborales de todos. Dicho lo cual, agradecemos su aportación, por considerar que son actuaciones como ésta, las que nos permiten avanzar en la mejora del Sistema Público de Salud de Castilla y León.