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ARTÍCULOS AFECTADOS: ARTÍCULO 43 EXPROPIACIÓ FORZOSA. TEMAS RELACIONADOS: sería conveniente restringir el artículo. La facultad de realiza

Alejandro Valderas Alonso#125633 Alejandro Valderas Alonso#125633  •  07/09/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-09-4947

ARTÍCULOS AFECTADOS: ARTÍCULO 43 EXPROPIACIÓ FORZOSA.TEMAS RELACIONADOS: sería conveniente restringir el artículo. La facultad de realizar expropiaciones forzosas existe en todas las Administraciones, pero su práctica es muy compleja y suele acabar en pleitos largos y costosos. En los últimos años se está restringiendo el uso de esta prerrogativa, por lo que todo este articulo debería suprimirse si como parece se limita a repetir algo que aparece ya en leyes generales. Especialmente preocupante es el artículo 43.3 ya que poden en el punto de mira de posible expropiación a los colindantes de cientos de edificios por toda la Comunidad.
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  • Administrador #1  •  19/02/2019 11:37:29

    El Anteproyecto regula la figura de la expropiación forzosa en materia de patrimonio cultural, esto es, con carácter sectorial y siempre por causa de interés social o utilidad pública. Así, la adquisición de los inmuebles necesarios para la instalación, ampliación o mejora de archivos, bibliotecas y centros museísticos de titularidad pública, será con carácter excepcional y en cualquier caso por causa de utilidad pública.

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