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TECNICO COMPETENTES

Anónimo#125726 Anónimo#125726  •  10/09/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-09-4937

Una oportunidad de oro, para que por fin se defina, que los técnicos competentes en materia de restauración y conservación de obras de arte, son los restauradores- conservadores, a quienes compete tanto la elaboración del proyecto como su ejecución, diferenciando de una vez por todas, la intervención en la conservación y rehabilitación de edificios históricos, que sin duda, compete a otros técnicos como arquitectos e ingenieros.Asimismo , a la hora de diferenciar entre bien mueble y bien inmueble, que se tenga claro que la definición decimonónica del código civil, se hizo en un contexto jurídico que lo que pretendió fue aclarar y definir la propiedad de la obra, pero ya a estas alturas del siglo XXI, las leyes de patrimonio, deben dejar muy claro, que una pintura mural, o un retablo, son bienes muebles susceptibles de intervención únicamente por restauradores y conservadores, debidamente titulados.
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  • Administrador #1  •  19/02/2019 09:37:48

    Atendiendo a la sugerencia se procede a incorporar la misma en el texto del anteproyecto de Ley.

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