Proceso de legislación colaborativa
(2018/09) Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2018-09-4930
ARTÍCULOS AFECTADOS: ARTÍCULO 5, COOPERACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. ENTIDADES “PATRIMONIO NACIONAL” y “PARADORES”.TEMAS RELACIONADOS: cooperación con la Administración Central; cooperación con “Patrimonio Nacional” y con “Paradores”, cooperación con el Ministerio de Hacienda. Existen localizados en la Comunidad varios valiosos bienes cuya gestión corresponde a la entidad “Patrimonio Nacional” (La Granja de San Ildefonso, Valsaín, Riofrío, clarisas de Tordesillas, etc.). No parecen existir problemas sobre su conservación, pero sí en cuanto a su uso y difusión. La Comunidad debería plantearse algún tipo de normativa de colaboración con “Patrimonio Nacional” para hacer un mayor uso de estos bienes y en particular para su difusión como objetivo turístico. En particular, el palacio de Riofrío (Segovia) podría tener un uso cultural mucho mayor del que tiene en la actualidad, por ejemplo acogiendo fondos museísticos entre los abundantes fondos de los museos nacionales o autonómicos que se encuentran almacenados por falta de espacio expositivo. En el caso de “Paradores”, su situación legal como empresa estatal ha producido enormes problemas a la hora de “controlar” su colección artística. No cabe duda de que la entidad posesora lleva un completo inventario de sus bienes artísticos (parte del mismo se consulta por Internet), que en ocasiones ha sido puesto en comunicación con los respectivos museos provinciales. Sin embargo, la obligatoriedad de tener dicha exposición a disposición de la Junta para su control e inspección, es reiteradamente incumplida; las quejas por el traslado de fondos de unas provincias a otras, a otras Comunidades (de San Marcos de León al monasterio de Corias en Asturias) o a los almacenes centrales de Madrid, aunque sea legal, produce alarma social y es frecuente que salga en prensa. Debería dedicarse un artículo específico a la obligatoriedad que tienen estas entidades citadas de comunicar a la Junta los traslados, restauraciones, préstamos, depósitos, etc. que realicen. Este apartado nuevo que se propone, debe realizarse ANTES de que el Museo del Prado (otra entidad de tipo nacional) realice el previsto depósito de obras en su “almacén temporal” de Ávila, actualmente en obras. Se trataría de un apartado del actual registro de bienes muebles, en el que de forma ágil se pudiera consultar los fondos que “en este momento” radican en cada lugar, dando por sentado que la Junta NO PUEDE evitar su movimiento dentro de la capacidad de estas entidades para ocuparse de sus bienes. Debería mencionarse expresamente la necesidad de la cooperación con el Ministerio de Hacienda, en el aspecto del fomento del Patrimonio Histórico mediante las exenciones o bonificaciones fiscales, las entregas “a cuenta” de bienes de patrimonio histórico en pago de impuestos y similares que están previstas en las leyes pero en la práctica lo impide Hacienda.
Las propuestas de cooperación que se proponen respecto de los referidos bienes culturales, ubicados en territorio castellano y leonés, competencia de la Administración Estatal, se encuadran dentro de los ámbitos de cooperación que se mencionan en el artículo 5 del Anteproyecto.