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Permitir las ayudas públicas para bienes en ruina

O.J.#111833 O.J.#111833  •  05/09/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-09-4913

La previsión del art. 47.2 de que los titulares de bienes en ruina no puedan acceder a ayudas públicas parece excesiva. Hay que tener en cuenta que la mayoría de las veces las ruinas no son voluntarias, sino debido precisamente a las cargas impuestas como consecuencia de la protección dispensada a los bienes. Además, con ello puede conseguirse el efecto contrario al deseado, pues puede haber casos en los que se podría revertir una situación de ruina gracias a ayudas públicas y precisamente por esta prohibición se agravaría el deterioro del bien. En todo caso, de mantenerse (que se insiste que no es lo más adecuado) debería limitarse a las ayudas de la Comunidad de CyL, y no a las estatales, europeas ni municipales, pues de lo contrario se invaden competencias y se vulnera la autonomía local.
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  • Administrador #1  •  19/02/2019 09:49:58

    El anteproyecto de Ley ya prevé la protección de los bienes arqueológicos con medidas como la clasificación de los suelos donde se ubiquen como Suelo Rústico de Protección Cultural, de conformidad con la normativa vigente en materia de urbanismo –que es la competente para regular la clasificación del suelo-, salvo los localizados en zonas urbanas o urbanizables que hayan tenido tales clasificaciones con anterioridad a la entrada en vigor de la ley, cuestión esta que ya estaba presente en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.

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