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Discriminación de los pacientes según el centro donde residan: Aquellos que lo hagan en uno con depósito de medicamentos vinculado a una ofi
Código de la propuesta:
CYL-2018-07-4862
Comentarios al proyecto de decreto. Discriminación de los pacientes según el centro donde residan
Discriminación de los pacientes según el centro donde residan.En relación con ello debemos contestar que no es posible dicha discriminación, al no permitirlo la normativa de aplicación de rango superior a este Decreto.Arbitrariedad en el artículo 12, creando “categorías” de capacidad de trabajo del farmacéutico; pues arbitrario parece que uno pueda atender a 120 pacientes y en cambio los restantes sólo a 60. No se trata de arbitrariedad, se trata de la ratio de atención farmacéutico- pacientes, que existe en toda la legislación de nuestro entorno y consensuada con los farmacéuticos prestadores del servicio a través del Consejo General de Colegios Farmacéuticos de Castilla y León.