Es inviable puesto que de acuerdo con las normas de rango superior la única limitación que podemos poner a la vinculación es la geográfica, es decir, que oficina de farmacia y residencia estén en la misma zona farmacéutica. Además dicha rotación obligatoria ha sido declarada nula por los Tribunales de otras Comunidades Autónomas.
Es inviable puesto que de acuerdo con las normas de rango superior la única limitación que podemos poner a la vinculación es la geográfica, es decir, que oficina de farmacia y residencia estén en la misma zona farmacéutica. Además dicha rotación obligatoria ha sido declarada nula por los Tribunales de otras Comunidades Autónomas.