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PROPUESTAS CERMI CASTILLA Y LEÓN

Angélica#123019 Angélica#123019  •  29/06/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-06-4834

Documentos (1)

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  • Administrador #1  •  12/11/2018 12:41:27

    Muchas gracias por su participación. Una vez examinadas y estudiadas en conjunto las observaciones y aportaciones al proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad de Castilla y león, a través de este espacio de participación ciudadana, nos complace informarle de lo siguiente en relación con sus observaciones:Fomento de las tecnologías de comunicación para personas con discapacidad. Se considera que el documento donde deben incluirse las medidas necesarias para fomentar el uso de las nuevas tecnologías de la información y comunicación, debe ser el Plan específico previsto en la Ley 2/2013 de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad para este tipo de tecnologías.Usuarios de tarjetas de estacionamiento. Se modifica la disposición adicional primera para tener en cuenta la consideración, quitando la referencia a personas con discapacidad, dejando en el texto una referencia al uso inadecuado de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad. La referencia a los usuarios de la tarjeta se hará únicamente en el artº 52. Inclusión de nuevas definiciones. Se considera una aportación interesante y se incluyen en el artº 3 las definiciones de accesibilidad cognitiva y diseño para todos.Accesibilidad de los parques para niños con discapacidad. Se modifica al artº 32 del reglamento para especificar que los elementos de juego deben permitir la participación, iteración y desarrollo de habilidades por todas las personas considerando también las distintas capacidades de los usuarios.Cambiadores para adultos en servicios de piscinas. El reglamento obliga en su anexo I a las piscinas públicas a contar con baños y vestuarios accesibles. En las normas técnicas se fijan las características de dichos espacios para que se consideren accesibles. Se considera que la cabina de vestuario accesible es un espacio adecuado y tiene las dimensiones necesarias para poder hacer en el los cambios de pañal de las personas mayores.Acceso accesible. Se modifica el punto tercero de la norma técnica E01 “acceso a la edificación” para incluir criterios de accesibilidad cognitiva en la información a colocar en el acceso a los edificios. Itinerarios horizontales accesibles. Se considera conveniente no modificar los artículos referidos a la señalización de estos itinerarios recogidos en el cuerpo del reglamento, sino modificar la norma técnica “E02 Itinerario horizontal accesible” en el apartado correspondiente a señalización para incluir los criterios de accesibilidad cognitiva. Mecanismos de accionamiento y alarma. Igualmente se toma en consideración la sugerencia planteada y se modifica el apartado 5 de la norma técnica “E08 Señalización y comunicación accesibles”, para indicar que las instrucciones de uso estén redactadas con criterios de lectura fácil apoyadas con pictogramas. Mobiliario e instalaciones técnicas. Se modifica el artº 18.3 del reglamento para incluir la propuesta de mantener actualizada la información necesaria para la orientación y uso del edificio e incluir la modalidad de lectura fácil además de dos modalidades sensoriales.Comunicación sensorial y señalización. Se recoge la sugerencia propuesta con la modificación del artº 29.1 para introducir criterios de accesibilidad cognitiva en la señalización de los espacios públicos urbanizados. También se modifica la norma técnica “U12 Itinerario peatonal horizontal accesible” para incluir esos mismo criterios de accesibilidad cognitiva en los itinerarios peatonales. Símbolo SIA. Se considera que es conveniente mantener como signo de accesibilidad el signo recogido por las Normas UNE-ISO 21542:2011 e ISO 7001, pues es un símbolo aceptado generalmente como símbolo de accesibilidad, dejando las acciones de fomento de la identificación como sinónimo de espacio accesible, para otro tipo de documento como es el Plan de Accesibilidad de Castilla y León. Tampoco se considera conveniente incluir junto al signo un texto con una aclaración sobre si el espacio es accesible para todos o solo para algún tipo de discapacidad, pues se considera que el signo representa que algo es accesible para todos.Medidas de seguimiento y evaluación. Este documento no es un Plan de accesibilidad y por tanto no cuenta con medidas de seguimiento y evaluación, ni plan de fomento de medidas formativas y de sensibilización, ni implementa subvenciones. Todas estas cuestiones ya se han recogido en el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades para las personas con discapacidad y especialmente en el eje estratégico 6.2.2 que contiene el Plan de Accesibilidad de Castilla y León.

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