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Alegaciones desde el Centro Soriano Numancia de Buenos Aires, Argentina

Anónimo#124040 Anónimo#124040  •  09/04/2018  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2018-04-4730

Da. María del Pilar Berzosa Esteban, Presidenta del Centro Soriano Numancia de Buenos Aires, Argentina, expresando el parecer del mismo y en su representación estatutariamente otorgada, ante la Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León, comparezco y como mejor proceda en Derecho, DIGO:El mismo ha tomado conocimiento de la apertura del trámite de participación pública respecto del Proyecto de Decreto por el que se desarrolla la regulación de las Comunidades Castellanas y Leonesas en el exterior, sus agrupaciones y otras entidades de apoyo.Que sobre el referido Proyecto, por medio de la presente y en la representación que ostento vengo en tiempo y forma a manifestar nuestra total adhesión a las alegaciones formuladas por la Casa de León en Sevilla y la Casa de León en Madrid, las que damos por reproducidas, en mérito a la brevedad.Sin perjuicio de ello, ponemos de resalto que la creación por vía reglamentaria de esa nueva figura 'comunidades y agrupaciones cualificadas y reconocidas', no se compadece con el espíritu de la Ley 8/2013, y atenta con el principio de igualdad. Creando comunidades 'de primera' y 'de segunda', otorgándoles diferentes derechos y una clara preferencia hacia las primeras en detrimento de las segundas. Todo ello, sin tener en cuenta la sensibilidad del espíritu de la emigración, singular en la génesis y constitución de sujetos colectivos de ésta naturaleza. El Proyecto no fundamenta su 'creación reglamentaria'. No valora, en toda su magnitud, la real dimensión de la labor desarrollada por las asociaciones en el exterior, de carácter eminentemente asociativo y voluntario, que solo puede ser apreciada in situ y desde un sostenido vínculo de genuino involucramiento con las necesidades y el perfil decada asociación. Que se deben considerar como bienes jurídicamente protegidos. Los procesos de fusión planteados no encuentran referencia en la Ley 8, ni siquiera tangencialmente. Por lo tanto, antes de avanzar en su consideración, en una acción coordinada y conjunta, se debe valorar y fortalecer la importancia de una fluida comunicación que permita tomar pleno conocimiento de las realidades de cada asociación, y de aquello que reviste fundamental importancia en éste proceso: la integración de españoles nacidos en España y españoles nacidos en Argentina. Y mucho menos, supeditar ni condicionar el acceso a subvenciones o ayuda a la fusión.En cuanto a los deberes de contribuir a la promoción de Castilla y León, se debe tener en cuenta la preservación de las tradiciones de cada provincia y hacer docencia con ellas. Los españoles descendientes deben conocer plenamente sus orígenes, el valor de la emigración y la importancia de su lugar de pertenencia. Una manera concreta, en clave siglo XXI, es poner en evidencia la excelencia de los atributos de la Autonomía toda y de su composición en detalle, con información profusa en el marco educativo, cultural, empresarial y turístico.En virtud de lo expuesto y de la adhesión formulada, el Centro Soriano Numancia de Buenos Aires, fundado hace 107 años, solicita tenga a bien considerarlas e introducirlas en la versión final del Proyecto que se eleve para aprobación al Consejo de Gobierno de Castilla y León.En Buenos Aires, Argentina, a 9 de abril de 2018.

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  • Administrador #1  •  07/06/2018 11:56:33

    En primer lugar, le agradecemos las sugerencias y aportaciones realizadas.Respecto a las cuestiones planteadas, nos remitimos a lo señalado respecto a observaciones similares formuladas con anterioridad y a que serán objeto de consideración en la revisión del texto que se haga para clarificar términos y conceptos

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