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Disposición adicional primera punto 2.


Código de la propuesta: CYL-2018-03-4703

En la Disposición Adicional Primera punto 2 donde indica “En aquellas modalidades y/o especialidades deportivas en las que no se hayan desarrollado las enseñanzas deportivas de régimen especial y no tengan las formaciones deportivas del periodo transitorio…”La Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León, entiende que dado que actualmente no se pueden desarrollar las formaciones deportivas en algunas modalidades deportivas se redacte de la siguiente manera:“En aquellas modalidades y/o especialidades deportivas en las que no se hayan desarrollado las enseñanzas deportivas de régimen especial en Castilla y León y no tengan las formaciones deportivas del periodo transitorio …”
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  • Administrador #1  •  30/04/2018 10:10:22

    La redacción ha sido consensuada con los responsables educativos de esta administración. Valoraremos conjuntamente la oportunidad de incorporar su sugerencia.

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