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Autorización de Centros de enseñanzas deportivas en Castilla y León


Código de la propuesta: CYL-2018-03-4697

La exigencia en diferentes artículos del Título VII de Técnicos Deportivos o Técnicos Deportivos Superiores de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente para el desarrollo de ciertas actividades o servicios requeriría que por parte de la Consejería de Educación de Castilla y León se tomasen las medidas oportunas para facilitar la autorización de centros privados que impartan Enseñanzas Deportivas en la Comunidad de Castilla y León (Orden EDU/900/2005, de 4 de julio). En la citada orden en el artículo 3 apartado b indica que entre otras circunstancias se tiene que cumplir la siguiente “Haya sido aprobado el correspondiente currículo de la Comunidad de Castilla y León, tal y como dispone el artículo 19 del citado Real Decreto 1913/1997,de 19 de diciembre”.Desde la Federación de Deportes de Montaña, Escalada y Senderismo de Castilla y León llevamos desde el año 2012 insistiendo a la Dirección General de Formación Profesional y Régimen Especial de la Junta de Castilla y León el desarrollo del Currículo Autonómico de las especialidades de los Deportes de Montaña y Escalada o en su defecto que en las modalidades que no haya currículo autonómico se pueda aplicar de forma supletoria currículo del Ministerio de Educación y Cultura. En el anteproyecto de Ley se están exigiendo titulaciones que en Castilla y León son imposibles de impartir por causas imputables a la Administración Autonómica, lo que hace que en el desarrollo de las actividades deportivas de montaña no se pueda asumir la demanda de estos profesionales, conllevando en muchos casos a la práctica de estas modalidades deportivas de forma autónoma sin la suficiente formación con el consiguiente riesgo para la seguridad de los deportistas o a no disponer de profesionales para llevar las funciones propias de promoción deportiva.
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  • Administrador #1  •  30/04/2018 09:57:06

    La autorización de centros de enseñanza, cualquiera que sea su naturaleza, corresponde al ordenamiento jurídico educativo.

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