Le agradecemos su preocupación por la conservación del medio ambiente en la Comunidad de Castilla y León y su interés por la normativa de sus espacios protegidos.Le recordamos que, según lo establecido en la directriz 3.2.5.k) del Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, el ejercicio de la actividad de guía en el parque nacional requerirá la habilitación de la administración gestora del parque nacional que será otorgada a quien supere la formación o conocimiento mínimos. Así, en el PRUG se establece la obligatoriedad de dicho requisito y las condiciones básicas para su obtención.Muchas gracias por su colaboración.
Le agradecemos su preocupación por la conservación del medio ambiente en la Comunidad de Castilla y León y su interés por la normativa de sus espacios protegidos.Le recordamos que, según lo establecido en la directriz 3.2.5.k) del Real Decreto 389/2016, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Plan Director de la Red de Parques Nacionales, el ejercicio de la actividad de guía en el parque nacional requerirá la habilitación de la administración gestora del parque nacional que será otorgada a quien supere la formación o conocimiento mínimos. Así, en el PRUG se establece la obligatoriedad de dicho requisito y las condiciones básicas para su obtención.Muchas gracias por su colaboración.