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(2017/11) Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos (Cerrado)

En qué consiste

La modificación del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas, desvincula la selección del personal temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León de la superación de ejercicios en procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, pasando esta circunstancia a considerarse un mérito predominante objeto de valoración.

El decreto que se encuentra en tramitación desarrolla el citado precepto. A tal efecto diseña un procedimiento basado en un sistema de bolsas únicas y abiertas por cada cuerpo, escala, especialidad o en su caso por cada competencia funcional o especialidad, que se iniciará por convocatoria pública. Este sistema evitará el grave problema ocasionado por el agotamiento de las bolsas, ya que permitirá que la Administración disponga de forma permanente de listados de candidatos susceptibles de llamamiento.

El nuevo decreto clarifica además la distribución de competencias en esta materia, determinando a qué órgano le corresponde convocar las bolsas, constituirlas, gestionarlas, hacer los llamamientos y penalizar. Así mismo habilita a la Consejería competente en materia de función pública a dictar una Orden de bases comunes y recoge su contenido mínimo. También establece un catálogo de penalizaciones y por último, limita la posibilidad de recurrir a convocatorias específicas en supuestos excepcionales.

El uso de las nuevas tecnologías resultará clave en la gestión del nuevo sistema de bolsas. De este modo se pretende dar respuesta a las exigencias que en materia de administración electrónica derivan de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Proyecto de decreto por el que se regula la selección de personal funcionario interino y del personal laboral temporal de la administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus organismos autónomos.

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 2 de noviembre de 2017.

¿Le gustaría hacer alguna observación sobre el nuevo sistema de selección de personal temporal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León?

QUE EL PERSONAL LABORAL FIJO TENGA LA OPCIÓN DE ACEPTAR UNA INTERINIDAD Y PODER DEJAR SU PLAZA EN EXCEDENCIA POR INCOMPATIBILIDAD

02/11/2017  •  1 comentario  •  Anónimo#118112

Actualmente el personal estatutario si que puede acceder a interinidades de otras bolsas de empleo dejando su plaza en excedencia por incompatibilidad, y el personal laboral no lo puede hacer, viéndose muy limitado en su plaza

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Cuerpo facultativo superior - Escala sanitaria - Veterinarios: Baremo de valoración de méritos único en Consejerías de Agricultura y Sanidad

02/11/2017  •  1 comentario  •  Luis Palacios#118120

En la actualidad el baremo de Agricultura es éste: los servicios prestados en cualquiera de las dos Consejerías en CyL se valoran con 0,15 puntos. Los prestados fuera de CyL se valoran con 0,15, si lo han sido en Agricultura, y 0,01 en Sanidad. En la Consejería de Sanidad se valoran todos con 0,15 puntos. Obligatoriedad de colegiación en la provincia a la que se concursa, para poder optar a la lista: Agricultura: no; basta estar colegiado en cualquier Colegio de España. Sanidad: sí. Flexibilidad en el destino: Agricultura: los interinos permanecen en la lista de aspirantes y pueden cambiar de destino cuando se les proponga SIN penalización. Sanidad: los interinos no están en la lista, el destino es fijo, no aceptar un destino propuesto o cesar voluntariamente conlleva UN AÑO de penalización.

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