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Bolsas de procesos selectivos con prioridad. Situación de suspenso.

Cristina#118116 Cristina#118116  •  02/11/2017  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2017-11-4395

No debería estar permitida la convocatoria de bolsas en base a este Decreto cuando existan bolsas activas y con integrantes, derivadas de procesos selectivos. En caso de que se agoten los candidatos de una provincia, es preferible que se pueda llamar a los de otras provincias a constituir una nueva. Las bolsas derivadas de procesos selectivos son las que ofrecen mayores garantías de igualdad de oportunidades.Se debería eliminar la situación de suspenso de los candidatos que estén prestando servicio en otro cuerpo. Es tremendamente injusto que no se dé a los candidatos el derecho a ser llamados de una bolsa de la que forman parte legítimamente solo por trabajar en la Junta, aunque sea en otro cuerpo distinto. Eso supone eliminar el derecho a mejorar, que todo el mundo debería tener, más cuando las convocatorias para cubrir vacantes son tan escasas.
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  • Administrador #1  •  31/05/2018 10:05:18

    En relación con que no deberían crearse bolsas al amparo de este Decreto mientras existan bolsas activas derivadas de procesos selectivos, hay que señalar que el artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, establece que la superación de ejercicios eliminatorios en procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público ha de considerarse mérito predominante en la selección de personal temporal. Se acoge la alegación de que se pueda ser llamado desde otra bolsa, si bien con ciertas limitaciones: en cualquier momento si la relación laboral vigente fuese producto del llamamiento desde un listado de candidatos anterior o transcurridos tres meses si se hubiese producido a raíz del llamamiento desde un listado de candidatos vigente.

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