Código de la propuesta: CYL-2017-11-4393
Actualmente el personal estatutario si que puede acceder a interinidades de otras bolsas de empleo dejando su plaza en excedencia por incompatibilidad, y el personal laboral no lo puede hacer, viéndose muy limitado en su plaza
No es objeto de este Decreto la situación administrativa en la que queda el personal de carácter fijo que acceda a un empleo de carácter temporal. No obstante, la excedencia por incompatibilidad solo cabe entre dos puestos de trabajo de carácter fijo.