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Cese voluntario contrato largo/interinidad

Anónimo#118106 Anónimo#118106  •  31/10/2017  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2017-10-4390

La situación personal puede cambiar con el tiempo.Debería haber un tiempo mínimo (1-2años) para que las personas puedan cesar voluntariamente sin ser sancionadas ya que a veces una interinidad puede ser buena 4-5 años pero si por situación personal necesitas cambiar de provincia no puedes.
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  • Administrador #1  •  31/05/2018 10:04:23

    El derecho a la movilidad del personal de carácter temporal no se encuentra previsto por la normativa vigente. Por otro lado, el nombramiento o la contratación de este personal responden al objetivo de garantizar la cobertura de ciertos puestos de trabajo. El cumplimiento de dicho objetivo podría verse limitado si se admitiese la propuesta formulada. No obstante, resulta oportuno admitir la posibilidad de que los aspirantes, con ocasión de su inscripción en las bolsas, puedan consignar tantas zonas como deseen, de forma que tengan garantizada la prestación de servicios en la ubicación geográfica que más les interese. Así mismo, podrán modificar su elección en cualquier momento.

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