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decreto micologico para que?

luis#112353 luis#112353  •  01/09/2016  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2016-09-4052

soy de un pueblo de Soria y lo primero que se debería explicar la finalidad de dicho decreto. La gente de estos pueblos se ha dedicado siempre a recolectar las setas y venderlas, pecata minuta par lo que se llevan otros que que están en este negocio, ¿ que va a pasar con esos recolectores?, el problema es muy sencillo a mi parecer son las cuadrillas de rumanos, y una solución seria que aparte de decomisarles la mercancía se les inmovilice los vehículos, limitando su entrada al monte. también órganos como el cesefor y micocyl que cobran dinero por unas licencias lo pueden utilizar en vigilancia contra esta gente.Otra cosa es el tema de los compradores , cuantos mas vengan mucho mejor, porque el recolector puede cotizar mas su producto, si queremos centralizar todo en un comprador , los recolectores iran al matadero porque les pondrán los precios que quieran y el beneficio será para otros.si que habrá que tenerlos controlados o limitar la compra en lugares como cocheras o casas, para mayor control.la junta debería hacer por defender a los recolectores de los pueblos ya que ellos son los que mantienen los monte y los cuidan durante todo el año, y no reciben nada a cambio, y este es uno de los pocos beneficios. esto es una manera de promover el desarrollo rural que tanto esta de moda. el decreto debería mirar mas por por los pueblos y por los habitantes de esos municipios.
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  • Administrador #1  •  12/12/2016 09:34:48

    El Proyecto de Decreto es innovador a nivel nacional por su enfoque integral, al regular tanto la recolección del recurso como su comercialización y transporte, y su finalidad está explicada en la exposición de modivos de forma prolija. Y se ha tenido muy en cuenta el interés de los vecinos de los territorios productores, de manera que mejoren las condiciones de comercialización y que los recolectores locales tengan las máximas facilidades posibles para comercializar sus cosechas. Se han intentado también introducir elementos que faciliten el control de la recolección ilegal, y de hecho la sugerencia sobre la inmovilización de los vehículos está recogida en el artículo 32.

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