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Mancomunidad 'Sierra de Francia' y Ayuntamiento de Mogarraz


Código de la propuesta: CYL-2015-12-3857

Nota: La Mancomunidad 'Sierra de Francia' y el Ayuntamiento de Mogarraz (Salamanca) han dirigido por escrito a la Administración autonómica las sugerencias que pueden verse en los siguientes enlaces:http://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/otras/sierra_de_francia_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/Sugerencia_Ayto_Mogarraz.pdf
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  • Administrador #1  •  28/01/2016 12:31:44

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas, a corto plazo, por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales.Debe indicarse, en relación con el contenido de su sugerencia en lo que respecta a la posible unión de las UBOST SARUR23 y SARUR24, que estas unidades básicas efectivamente son la base para la constitución de las futuras mancomunidades de interés general, pero no se puede obviar que tienen otro fin distinto como es la ordenación de los servicios autonómicos, como es por ejemplo, la sanidad, educación, servicios sociales, etc., por lo que su sugerencia puede dar lugar a que las prestación de estos servicios autonómicos se vean Administración afectados en la calidad y eficiencia de su prestación.Respecto a lo que plantea le recordamos que las futuras mancomunidades de interés general rurales pueden formarse por varias UBOST contiguas y completas, hasta un máximo de cinco UBOST, lo que hace posible que se mancomunen municipios de distintas UBOST, siempre que se cumplan estas condiciones, pero no municipios aislados de distintas UBOST. Y siempre que se cumplan los requisitos de la iniciativa municipal para la constitución de las mancomunidades de interés general rural, que corresponde a todos o a algunos de los municipios integrados en una o varias unidades básicas de ordenación y servicios del territorio rural completas, debiendo ser aprobada como mínimo y alternativamente:1.º Por la mayoría de los ayuntamientos que aglutinen más del cincuenta por ciento de la población global de los municipios integrados en cada una de las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio rurales, o bien2.º Por los ayuntamientos que reúnan el setenta por ciento de la población global de los municipios integrados en cada una de las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio rurales, con independencia de su número.En todo caso, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas.

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