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¿Para cuándo la cartera de materias, competencias y funciones propias de las MIG?

Torrego#109044 Torrego#109044  •  27/11/2015  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2015-11-3782

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  • Administrador #1  •  26/01/2016 14:08:03

    Gracias por su participación en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas, a corto plazo, por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales.El modelo territorial por el que optó la LORSERGO, aprobada en su momento con un amplio consenso de las fuerzas parlamentarias de la Comunidad y con el apoyo de las entidades locales de Castilla y León representadas en el Consejo de Cooperación Local, se fundamenta en la asociación voluntaria de los mismos para el desarrollo de determinadas competencias en mancomunidades de interés general, que podrán constituirse a partir de la aprobación del mapa de UBOST, como forma más adecuada de conseguir una gestión de las competencias municipales más eficaz y eficiente respetando al tiempo la autonomía municipal.Las mancomunidades de interés general incluirán en sus estatutos las competencias y funciones de entre las materias previstas en la normativa de régimen local, si bien reglamentariamente se desarrollará el régimen jurídico sobre las mismas.En contestación a su concreta pregunta, indicarle que se han iniciado los trabajos necesarios para la identificación de las competencias y funciones que los municipios podrán asignar a las mancomunidades de interés general. Para ello se ha constituido un grupo de trabajo entre la Junta de Castilla y León y la Federación Regional de Municipios y Provincias de Castilla y León en el que están presentes representantes de los municipios, en sus distintos tramos de población, de las provincias y de las mancomunidades, garantizando su pluralidad territorial y política

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