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ALEGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ZONA SUR DE LA COMARCA DE PEÑARANDA DE BRACAMONTE

AYUNTAMIENTO DE MACOTERA#109023 AYUNTAMIENTO DE MACOTERA#109023  •  30/12/2015  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2015-12-3777

Nota: Los Ayuntamientos de Macoteras, Malpartida, Salmoral, Bóveda del Río Almar, Mancera de Abajo y Tordillos (Salamanca) han formulado las sugerencias que pueden verse a continuación:ALEGACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ZONA SUR DE LA COMARCA DE PEÑARANDA DE BRACAMONTE A LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN:1º) NO estamos de acuerdo con la propuesta de ordenación territorial, y tampoco estamos de acuerdo con el mapa propuesto por la Junta de Castilla y León en el que se especifican las áreas rurales que se pretenden aprobar.2º) No se ha consultado con los respectivos ayuntamientos y corporaciones locales en el momento de iniciar la ordenación, siendo éstos los agentes más activos y cercanos al territorio. Se nos ha presentado a las corporaciones municipales un proyecto de ordenación ya aprobado “de facto”.Se pretende imponer un modelo de ordenación territorial atendiendo exclusivamente a los criterios subjetivos de quienes aprueban la citada Ley, grupo Popular y Socialista, obviando los criterios de aquellas personas que mejor conocen las necesidades de los municipios, como lo son sus corporaciones locales.3º) El modelo de ordenación propuesto no concreta de forma clara, coherente y racional las competencias propias que asumirán nuestros municipios, ni las que serán delegadas en las áreas rurales, o en las denominadas Mancomunidades de Interés General.4º) Se ha tomado únicamente como referencia de iniciativa de ordenación los centros de salud existentes, y la suma de 5000 habitantes por unidad. En la provincia de Salamanca esta segunda premisa se incumple en más del 50 % de las áreas propuestas. Creemos que existen otras formas más racionales y coherentes de ordenación, como lo es el mapa actual de mancomunidades ya creadas y en funcionamiento. Las competencias de estas mancomunidades y su funcionamiento es óptimo y adecuado actualmente, es una base más razonable, y menos discriminatoria de ordenación y por supuesto más económica y eficiente para todos.Claro que ustedes hace unos meses ya se encargaron de delimitar y acotar dichas competencias, dejándolas reducidas a la mínima expresión.¿Existe alguna razón lógica que justifique la eliminación de las actuales mancomunidades, para ser sustituidas por otras de nueva creación y de dudosa eficacia?5º) El motivo alegado por la Junta de Castilla y León de pretender ahorrar en la contratación conjunta de los servicios municipales, incrementando y agrupando el volumen de contratación, aglutinando ese poder de contratación, no es garantía de una gestión más eficaz. Entendemos que el efecto será el contrario, puesto que se incrementan las posibilidades de intervenciones en las contrataciones. Los grandes contratos de la administración no son precisamente los más eficaces ni los más económicos. En muchas ocasiones han sido objeto de críticas por ser inoperantes y por su baja calidad en el mantenimiento y servicio.No se puede desvincular de esta alegación que el aglutinamiento de servicios en una empresa podría causar daños irreparables a la economía de los municipios, provocando también un daño a pymes y autónomos locales, en favor de grandes suministradores y proveedores de otras procedencias, teniendo que dejar su actividad o marcharse fuera de su tierra, perdiendo así el poco tejido económico-social que nos queda en nuestros pueblos.Tampoco se debe obviar en la presente alegación que nuestro municipio presenta cuentas saneadas, fruto de contrataciones austeras, eficaces y eficientes en la necesaria relación calidad precio.Por estas razones y otras muchas, entendemos que intentar justificar la centralización de la contratación de servicios para ahorrar, es un análisis excesivamente superficial y poco serio.6º) También se han obviado otras premisas importantes en la ordenación, tales como las peculiaridades propias de cada territorio, como nuestra historia, cultura, medio socio-económico que nos distingue, núcleos dinamizadores y subcomarcas naturales, como lo es la zona sur de la comarca de Peñaranda de Bracamonte.Por las razones anteriormente alegadasSOLICITAMOS1º Sea retirado el borrador de la ordenación del territorio.2º Si en último caso el actual gobierno de la Junta de Castilla y León, en contra de la opinión de la mayoría de los municipios, decide continuar y aprobar este modelo de ordenación territorial, sea creada una nueva área de ordenación en la zona sur de la comarca de Peñaranda. Entendemos en este caso sería lo más justo, necesario, coherente, racional, efectivo y no discriminatorio para nuestros pueblos.A esta alegación se han adherido los siguientes Ayuntamientos de la zona sur de la Comarca de Peñaranda de Bracamonte (por orden alfabético):- Alaraz- Bóveda del Río Almar- Macotera- Malpartida- Mancera de Abajo- Nava de Sotrobal- Salmoral- Tordilloshttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/macotera_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/malpartida_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/salmoral_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/boveda_del_rio_almar_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/mancera_de_abajo_(salamanca).docxhttp://www.jcyl.es/junta/cp/ubost/ayuntamientos/tordillos_(salamanca).docx
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  • Administrador #1  •  01/02/2016 11:49:38

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales,. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas, a corto plazo, por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales, a través de las mancomunidades de interés general.En cuanto a su alegación concreta de que no se ha consultado este borrador de mapa, es precisamente este medio puesto a disposición de los ciudadanos uno de los cauces para ello, sin obviar el plazo de información pública y la audiencia a los municipios que regula el artículo 6.2.c) de la LORSERGO. En cuanto a la organización de jornadas informativas, precisamente ha sido uno de los puntos fuertes de este proceso, ya que han existido múltiples reuniones informativas por todo el territorio de la Comunidad Autónoma para informar precisamente a los representantes de las distintas Entidades Locales implicadas en el proceso.Debe indicarse, en relación con el contenido de su sugerencia en lo que respecta a la retirada del borrador del mapa de UBOST, informarle que es la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO), aprobada por las Cortes de Castilla y León de forma mayoritaria por los grupos políticos presentes en la cámara, la que en sus artículos 4 y 6 regula la UBOST rurales, y la obligación de elaborar un mapa donde se delimiten estas unidades básicas, por lo tanto la Junta de Castilla y León no puede desoír un mandato legal y está obligada a elaborar la propuesta de mapa para su posterior aprobación por una norma con fuerza de ley de las Cortes de Castilla y León.Este borrador de mapa no puede tratar de las competencias ni financiación de las futuras mancomunidades de interés general en cuanto que no va a regular tales aspectos, como se le ha indicado se trata de zonificar el territorio únicamente. Su propuesta de realizar el mapa de UBOST según las mancomunidades existentes es imposible en cuanto que usted sabrá que muchos municipios pertenecen a varias a la vez, y sería totalmente irracional para la prestación de servicios autonómicos como sanidad o educación.En lo relativo a la eliminación de las actuales mancomunidades, recordar que la constitución de las mancomunidades de interés comunitario es voluntaria por los municipios. En relación a su propuesta de configurar la UBOST en torno a la comarca natural puede afirmarse con toda seguridad que juntando varias UBOST rurales (hasta un máximo de 5) en una mancomunidad de interés general rural, y si esa es la voluntad de los municipios, casi el 100% del territorio de la Comunidad Autónoma contará con mancomunidades se asemejen con lo que usted denomina “comarcas naturales”. Pero ello exigirá “voluntad municipal”.Por otra parte, en su propuesta no se mencionan al resto de municipios de la SARUR15, que dejarían de tener centro de salud, ya que el centro de salud existente se haya en Peñaranda de Bracamonte, lo que obligaría a la construcción de uno nuevo centro de salud.En todo caso, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas.

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