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Montaña Occidenta Leonesa

Oscar#108942 Oscar#108942  •  07/12/2015  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2015-12-3762

El borrador propuesto por la Junta deja los municipios de la montaña occidental leonesa partidos en tres UBOST diferentes.Creo que sería mucho más conveniente que Palacios del Sil y Murias de Paredes formarán parte (como tradicionalmente) de la Montaña Occidental Leonesa, junto con Villablino y los municipios de Babia.De esta forma tendrían acceso a menos de 15 minutos en Palacios y de 30 en Murias a los servicios públicos de esta comarca (instituto de secundaria, instituto de FP, Hospital de Villablino, TGSS, Residencias de Ancianos, colegios de Huergas y Villablino, etc)De otra forma, al carecer de dichos servicios las UBOST propuestas (Paramo y La Magdalena) los ciudadanos de Palacios del Sil tendrían que buscar todos estos servicios en Ponferrada y los de Murias en León, a una hora en coche.Creo que es un tema vital para la supervivencia de los servicios públicos en estos pueblos y apostar en serio por el futuro de las zonas rurales, especialmente afectadas en este caso por la reconversión minera y la crisis lactea.
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  • Administrador #1  •  29/01/2016 09:17:41

    Gracias por su participación y por la sugerencia presentada en relación con el Borrador de Mapa de Unidades Básicas de Ordenación y Servicios del Territorio (UBOST), lo que indudablemente demuestra su interés por la participación en las cuestiones públicas autonómicas y en la mejora de los proyectos que promueve esta Administración.Lo que se presenta ahora en el Portal de Gobierno abierto es sólo un Borrador que ha sido diseñado a partir de los estudios de zonificación elaborados para cada provincia por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León. Con ello se pretende conocer la opinión de los ciudadanos y darles participación en este asunto de Comunidad. Al terminar este período de participación comenzará la tramitación prevista en la Ley 7/2013, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) para la aprobación del Mapa y, durante la misma, tanto la diputación provincial correspondiente como la totalidad de los municipios de la misma, incluidos los citados en su sugerencia, tendrán la oportunidad de manifestar su opinión sobre su ubicación en una determinada UBOST rural. Asimismo, en el proceso se oirá también al Consejo Comarcal de El Bierzo.Debe recordarse que las UBOST se definen legalmente como espacios funcionales delimitados geográficamente, que constituirán la referencia espacial y el parámetro básico para la ordenación del territorio de Castilla y León, es decir, no son administraciones sino delimitaciones territoriales. Las UBOST en un futuro deberán ser utilizadas por la Administración autonómica para organizar territorialmente la gestión de sus servicios públicos, y podrán ser utilizadas por los municipios para la prestación mancomunada de los servicios locales.Es esta la razón por la que los estudios de zonificación realizados por las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León han partido inicialmente de las actuales zonas básicas de salud en la delimitación de las UBOST. El artículo 11 de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) dispone que la prestación de todos los servicios autonómicos zonificados en el ámbito rural deberá atender a las UBOST rurales, y, en relación con determinados servicios esenciales establece una escala según la cual las zonas básicas de salud deberán coincidir con una UBOST.Su propuesta concreta consiste en su creencia que sería mucho más conveniente que Palacios del Sil y Murias de Paredes formarán parte (como tradicionalmente) de la Montaña Occidental Leonesa, junto con Villablino y los municipios de Babia. Los criterios utilizados en la configuración inicial del mapa se han relacionado más con la eficiencia en la planificación y zonificación de los servicios autonómicos que en otro tipo de consideraciones geográficas o económicas, como las expuestas en su sugerencia. Asimismo, se ha de considerar que la disposición adicional segunda de la de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio (LORSERGO) establece que, en la Comarca de El Bierzo se delimitarán unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio de acuerdo con lo establecido en esta ley. Por ello, en el proceso de delimitación del mapa de unidades básicas se oirá también al Consejo Comarcal de El Bierzo.En todo caso, el contenido de su sugerencia será tenido en cuenta y se examinará conjuntamente con las restantes propuestas de modificación del Borrador de Mapa de UBOST que puedan realizarse a lo largo del presente proceso de participación, tanto las formuladas por ciudadanos, como las procedentes de otras instituciones y de las entidades locales de la provincia, y se revisará y rectificará, en su caso, durante la tramitación del Mapa si se considera finalmente conveniente atender tales propuestas.

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