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(2023/06) Procedimiento para la elaboración de una Orden de bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de CyL(ECLAP). (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto, se prevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación en la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP).

1.  Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP) se configura como el centro especializado de selección, aprendizaje y perfeccionamiento de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad y tiene como misión aportar un valor añadido a los servicios que se prestan a la ciudadanía, potenciando los principios de innovación, calidad y profesionalización de la Administración, mediante la gestión del conocimiento, entre otros.

Para el desarrollo de dicha misión, la ECLAP cuenta entre sus competencias con las de organización, desarrollo y promoción de actividades de investigación, estudio, asesoramiento, documentación, difusión y publicación relativos a la organización y funcionamiento de las administraciones públicas, en orden a la mejora continua del servicio público.  

La Escuela de Administración Pública de Castilla y León tiene atribuidas entre sus funciones la gestión de las convocatorias de becas de formación e investigación para recién titulados universitarios o de grado superior de formación profesional, de acuerdo con el artículo 4 n) del Decreto 9/2021, de 31 de marzo, por el que se regula la Escuela de Administración Pública de Castilla y León.

En este sentido, al objeto de dar cumplimiento a dichos fines, se considera necesario el establecimiento de unas becas sobre informática y comunicaciones y artes gráficas y para  que los recién titulados obtengan una formación eficiente y eminentemente práctica en las citadas materias.

Dada la conveniencia de incrementar los niveles de eficacia y los resultados del trabajo en materia de organización y funcionamiento de las administraciones públicas, en orden a la mejora continua del servicio público. y la necesidad de profesionalización de muchos de los perfiles del sector, adquieren una importancia fundamental, la formación y capacitación de la ciudadanía interesada en estas áreas que garanticen una base social preparada para el trabajo en este ámbito de la administración pública.

2.  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Esta Consejería considera conveniente fomentar la formación práctica en materia de informática y comunicaciones y artes gráficas aplicadas a actividades de investigación, estudio, asesoramiento, documentación, difusión y publicación relativos a la organización y funcionamiento de las administraciones públicas, en orden a la mejora continua del servicio público, de titulados de formación profesional de grado superior, mediante la concesión de becas para la realización de prácticas dentro de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en esta área.

En este sentido, entre las medidas de fomento o impulso en poder de la Administración, se encuentran las de otorgar ayudas o subvenciones.

En consecuencia, es preciso establecer unas bases reguladoras que determinen el régimen jurídico de las subvenciones que se pretenden conceder, tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 que establece que, con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión en los términos de esta ley.

Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención.

3.  Objetivos de la norma

Se pretenden establecer las bases reguladoras para la concesión de becas de formación e investigación, que convoque que convoque, en régimen de concurrencia competitiva, la consejería competente en materia de en materia de función pública para realizar tareas vinculadas a la investigación, estudio, asesoramiento, documentación, difusión y publicación relativos a la organización y funcionamiento de las administraciones públicas, en orden a la mejora continua del servicio público.

4.  Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa.

Fecha de publicación 12 de mayo de 2023

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 26 de mayo de 2023.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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