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(2023/02) Procedimiento para la elaboración de un proyecto de Decreto de coordinación del Plan de Cooperación Local y de creación del registro de ayudas de la administración autonómica a las entidades locales de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, de Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de disposiciones de carácter general , se sustanciará consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto de coordinación del Plan de Cooperación Local y de creación del registro de ayudas de la administración autonómica a las entidades locales de Castilla y León.

  1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León, regula la cooperación y la coordinación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y las entidades Locales, disponiendo el artículo 109 que, para favorecer la coordinación con las entidades Locales, la cooperación económica con las mismas se llevará a cabo a través del Plan de Cooperación Local, cuya regulación se establecerá por la Junta de Castilla y León previo informe del Consejo de Cooperación Local de Castilla y León.

Añade el apartado segundo que los recursos destinados al Plan de Cooperación Local y su distribución territorial y por programas se fijará en la Ley de Presupuestos de la Comunidad, en un anexo Propio. Así, las sucesivas leyes de Presupuestos de la Comunidad disponen que la cooperación económica de la Comunidad de Castilla y León con las entidades locales comprendidas en su territorio se realizará a través del Plan de Cooperación Local, que figura como anexo de estas leyes. Este Plan está constituido por la Cooperación Económica Local General y la Cooperación Económica Local Sectorial.

En desarrollo de las previsiones de estas normas se ha desarrollado la regulación de una parte del Plan de Cooperación Local, la Cooperación Económica Local General, estando pendiente la regulación de la coordinación de todas las ayudas a entidades locales que se conceden desde cualquier departamento de la Junta de Castilla y León, que incluyen tanto la cooperación económica local general como la sectorial.  

  1. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Comunidad Autónoma tiene 9 Diputaciones Provinciales, 2.248 municipios, 241 mancomunidades de municipios y 38 entidades asociativas tradicionales que son destinatarios de distintos fondos de ayudas y subvenciones por las Consejerías de la Junta de Castilla y León.

Es necesario coordinar las actuaciones de fomento de la administración autonómica con las entidades locales, para lograr mayor eficacia en la aplicación de los recursos públicos, armonizar el marco regulatorio de las bases reguladoras de dichas subvenciones, evitar duplicidades o injerencias competenciales en las actuaciones en el ámbito local, así como poder coordinar la intervención conjunta de distintos departamentos de la Junta de Castilla y León en proyectos locales donde pueden existir un interés común por afectar al ámbito competencial de cada uno de ellos.

Para ello, además, se hace preciso establecer un sistema de control y seguimiento de las distintas ayudas a las entidades locales con la finalidad de mejorar el proceso de toma de decisiones y poder evaluar los resultados y poder definir con mayor acierto el diseño de las políticas futuras de la administración autonómica en la planificación de las ayudas que integran el Plan de Cooperación Local.

  1. Objetivos de la norma.

Este Decreto tiene como objetivo la coordinación de las ayudas que integran el Plan de Cooperación Local, así como la creación y regulación de un registro de ayudas de la administración autonómica a las entidades locales de Castilla y León. 

  1. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

La aprobación de una nueva regulación es la única alternativa posible para garantizar la consecución de los objetivos que se pretenden, ya que es preciso completar la regulación del Plan de Cooperación Local para cumplir las previsiones de artículo 109 de la Ley 1/1998, de 4 de junio de Régimen Local de Castilla y León respecto de la regulación del Plan de Cooperación Local.

Fecha de publicación 23 de enero de 2023

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 7 de febrero de 2023.

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