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(2022/12) Procedimiento para la elaboración del decreto por el que se regulan las guardias localizadas del personal relacionado con la protección civil y las emergencias. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se regulan las guardias localizadas del personal relacionado con la protección civil y las emergencias.

 

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Garantizar la dirección de las emergencias en materia de protección civil y el apoyo a la dirección de los planes de protección civil, de acuerdo con los protocolos operativos, durante las 24 horas al día, de todos los días de año.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Dentro del marco funcional establecido en el Decreto 9/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, el Decreto 4/2019, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León y demás planes especiales de protección civil, la Agencia de Protección Civil y Emergencias asume entre otras atribuciones, la gestión de las competencias de la comunidad en materia de protección ciudadana, el apoyo a la dirección de los planes de protección civil, la coordinación de los recursos intervinientes en las emergencias, a través del Centro Coordinador de Emergencias, la gestión del servicio de atención de llamadas de emergencia a través del número telefónico 1-1-2.

La imprevisibilidad de las situaciones y contingencias en que puedan verse comprometidos el derecho a la vida, a la integridad física y al patrimonio exige para su atención de una infraestructura de medios personales y materiales estable que, con carácter permanente, permita dar una cobertura integral a los mismos.

c)    Objetivos de la norma.

El objeto del futuro decreto es regular el sistema de guardias localizadas del personal funcionario relacionado con la protección civil y emergencias.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se descartan alternativas distintas a la regulatoria ya que el objetivo de la norma es establecer un marco regulatorio con fines organizativos de personal vinculados con la administración autonómica a través de una relación de sujeción especial.

 

Fecha de publicación 5 de diciembre de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 27 de diciembre de 2022.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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