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(2022/10) Procedimiento para la elaboración de la orden por la que se establece el procedimiento para la participación de los centros educativos de CyL en los programas escolares promovidos por la C. de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento se iniciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma. 

A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una orden por la que se establece el procedimiento de actuación para la participación de los centros educativos de Castilla y León en los programas escolares promovidos por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

 

1.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.  

Las últimas tendencias en el seguimiento del consumo alimentario muestran un menor interés en el consumo de frutas y hortalizas frescas y de productos lácteos, especialmente en niños, lo que ha motivado que se financie el suministro a los centros educativos de una selección de productos agrícolas que contribuyan a estimular unos hábitos alimentarios saludables.

Por otra parte, con la finalidad de que los alumnos descubran y se familiaricen con la actividad agrícola y ganadera, conociendo la importancia que este sector tiene para la sociedad, se diseñarán actividades que permitan alcanzar estas metas. 

2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Para que los responsables de los centros educativos conozcan estas iniciativas y puedan solicitar su participación en ellas, se considera oportuno habilitar una norma que determine el procedimiento de actuación.

3.- Objetivos de la norma.  

La orden tiene por objeto establecer el procedimiento de actuación para que los centros educativos de la Comunidad de Castilla y León que estén interesados y reúnan los requisitos exigidos, puedan participar en los programas escolares de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

4.- Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.  

Como los recursos para realizar estas actividades son limitados, es imprescindible establecer un procedimiento para que los responsables de los centros educativos conozcan estas actividades y, en caso de estar interesados, soliciten la participación en las mismas.

 

Fecha de publicación 21 de septiembre de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 3 de octubre de 2022.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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