Volver

(2022/09) Proyecto de decreto por el que se modifica el decreto 7/2020, de 16 de julio, por el que se modificó el decreto 117/2003, de 9 de octubre por el que se regulan las líneas de formación juvenil en CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, dedica su Título III a las líneas de promoción juvenil, que son, la formación juvenil, la información juvenil, las actividades juveniles, las instalaciones juveniles y los distintos carnés para jóvenes, cuestiones todas ellas desarrolladas en el Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.

El mencionado Decreto, regula en su Título I la Formación Juvenil, que sufrió una importante modificación operada por el Decreto 7/2020, de 16 de julio, que tuvo por objeto principal la reorganización de las titulaciones de formación juvenil creando nexos de conexión entre algunas de estas titulaciones y los certificados de profesionalidad directamente relacionados con ellas, aplicando a la impartición de esas titulaciones juveniles los requisitos y exigencias derivados de la normativa estatal reguladora de los certificados de profesionalidad.

El Decreto 7/2020, de 16 de julio, prevé en su Disposición Transitoria Segunda un plazo de dos años del que dispondrán las escuelas para su adaptación a los requisitos previstos en el mismo.

 Este cambio normativo ha generado importantes problemas en el funcionamiento de las escuelas de animación juvenil y tiempo libre, que a la fecha de expiración del periodo transitorio que se les ofrecía para exigir el cumplimiento de los nuevos requisitos, no están en condiciones de dar cumplimiento a los mismos, por lo que estaría en peligro la impartición de esas titulaciones, con la consecuente imposibilidad de emisión de títulos juveniles por parte de la administración pública competente.

 A la vista de estas circunstancias, considerando el difícil momento en el que entró en vigor la nueva normativa, en plena crisis ocasionada por la pandemia de COVID-19, con especial incidencia en el ámbito de la animación juvenil y el tiempo libre, resulta necesario ampliar en un año más el plazo transitorio previsto en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto 7/2020, de 16 de julio, para garantizar en ese tiempo la continuidad de la impartición de esta formación mientras se analizan las dificultades puestas de manifiesto, con el fin de adoptar con las escuelas de animación y tiempo libre soluciones que permitan y aseguren un óptimo desarrollo de este tipo de formación.

Proyecto de decreto por el que se modifica el decreto 7/2020, de 16 de julio, por el que se modificó el decreto 117/2003, de 9 de octubre por el que se regulan las líneas de formación juvenil en Castilla y León.

Fecha de publicación 19 de septiembre de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 29 de septiembre de 2022.

¿Desea realizar alguna sugerencia o aportación al texto del proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 7/2020, de 16 de julio?

No hay aportaciones