En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se crean los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Con la promulgación de la norma referenciada se pretende dotar de un marco jurídico a los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
La Consejería de Educación pretende potenciar en el alumnado de Castilla y León la mejora de sus posibilidades de aprendizaje, la profundización en el desarrollo de sus competencias básicas a través de las diferentes áreas curriculares y el conocimiento del método científico mediante ensayo en técnicas de investigación.
Con esta orden tenemos la oportunidad de unir dos estrategias vitales para el progreso de nuestra Comunidad; por un lado, la formación de calidad y, por otro, la promoción del espíritu investigador e innovador en el alumnado, que hará aumentar de manera cuantitativa el número de investigadores y cualitativamente la valoración social de dicha profesión.
Por todo ello, se advierte la oportunidad de crear los Premios de Investigación e Innovación en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, con el objeto de despertar la vocación investigadora en el alumnado.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Este constituye el marco normativo en el cual se ampara la norma cuya elaboración se anuncia.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 1.n) como uno de los principios inspiradores del sistema educativo, el fomento y la promoción de la investigación, la experimentación y la innovación educativa. Asimismo, el artículo 2. h) de la misma Ley determina que uno de los fines que orientan el sistema educativo es la adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, así como de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos.
c) Objetivos de la norma.
El objetivo de esta orden consiste en mejorar el modelo educativo de Castilla y León fomentando la vocación investigadora en el alumnado y la cultura científica.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa.
Fecha de publicación 1 de junio de 2022
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