En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto se propone la consulta pública previa para la elaboración de un decreto por el que se regula el Servicio 012 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se establece su régimen jurídico de funcionamiento, a fin de que la ciudadanía tenga la posibilidad de participar activamente en el proceso de su elaboración y realizar cuantas aportaciones considere.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, han supuesto un cambio de forma de actuación de las Administraciones Públicas dirigidas a un funcionamiento íntegramente electrónico.
Esto no puede suponer en modo alguno una discriminación respecto al acceso a los servicios públicos o a cualquier actuación o procedimiento para aquellos ciudadanos que no disponen de competencias digitales mínimas para relacionarse electrónicamente con la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como para las empresas que, en determinados supuestos, encuentran problemas técnicos derivados de la gestión electrónica completa. Y aquí es donde encuentra su renovado valor el Servicio 012 de la Administración de la Comunidad de Castilla y León como servicio de atención al ciudadano que facilita las relaciones de la ciudadanía y empresas con la Administración autonómica, proporcionando diferentes canales para acceder de modo directo y ágil a la información administrativa y a la realización de trámites administrativos a través de la sede electrónica y enfatizando su servicio de asistencia técnica para la tramitación electrónica de las personas que lo soliciten.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
El Decreto 193/2001, de 19 de julio, por el que se regula el Servicio Telefónico 012 de Información Administrativa y Atención al Ciudadano de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y la Orden de 17 de mayo de 2002, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de desarrollo del Decreto 193/2001, de 19 de julio, lo definen como un servicio telefónico de acceso ágil y completo a la información administrativa.
La asistencia al ciudadano sigue siendo una prioridad para la Administración de la Comunidad de Castilla y León que continua trabajando para facilitarle el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos siempre desde la omnicanalidad que posibilite una relación próxima y sencilla con la ciudadanía y empresas, de conformidad con sus necesidades, expectativas y demandas, de modo que la actividad pública sea más transparente, eficiente, ágil y responsable con los recursos disponibles.
Por esa razón es precisa una actualización normativa a través de la cual puedan regularse las nuevas funciones que se llevan a cabo desde el Servicio 012, principalmente las relacionadas con la tramitación electrónica, así como los distintos canales a través de los que se ofrece la información administrativa para adaptarse a los nuevos requerimientos que implica el avance en la implantación de la administración electrónica en la Administración Comunidad de Castilla y León.
3. Objetivos de la norma.
Este decreto tiene como objetivo la revisión y mejora de la normativa que regula el Servicio 012 en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Al mismo tiempo, se busca mejorar aquellos aspectos concretos que aconseja la experiencia adquirida durante los años transcurridos desde su puesta en funcionamiento, con el fin de adaptarse a las exigencias que imponen las nuevas relaciones con la ciudadanía y las empresas, las obligaciones en materia de transparencia y la protección de datos.
Habrá de regularse la organización y funcionamiento del Servicio 012, las funciones que deberán llevar a cabo, tanto de información administrativa como de soporte y ayuda en la realización de los trámites administrativos a través de la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como la calidad y transparencia que debe ofrecer la prestación del servicio.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existe otra solución alternativa a la regulación de esta materia mediante norma con rango de decreto.
Fecha de publicación 15 de septiembre de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 29 de septiembre de 2021.
¿Qué opina de estos cuatro aspectos?
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