En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de disposiciones administrativas de carácter general , se sustanciará una consulta pública.
Por ello, se inicia la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se establecen normas relativas al libramiento de las cuantías correspondientes a “otros gastos” y a “gastos de personal complementario” a los centros educativos concertados de la Comunidad de Castilla y León, y a la justificación de dichas cuantías por estos centros.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Se pretende evitar en lo posible las discrepancias en la interpretación de los gastos imputables a “otros gastos”, así como, en el caso de los centros o unidades concertadas de Educación Especial, a “gastos de personal complementario”, y la manera de proceder a su justificación por los centros educativos concertados de la Comunidad de Castilla y León.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
El tiempo transcurrido desde la publicación de la Orden EDU/1118/2011, de 1 de septiembre, ha puesto de manifiesto las carencias de la regulación y la necesidad de una nueva regulación. Por otra parte se estima oportuno incluir las recomendaciones de la Intervención Delegada de la Consejería competente en materia de educación sin que suponga una fiscalización de la contabilidad general del centro, sino exclusivamente de los fondos destinados al funcionamiento de los mismos. Asimismo se establece un procedimiento electrónico para la presentación de las cuentas por los centros educativos concertados adaptándose a la normativa actual.
3. Objetivos de la norma.
Posibilitar que los centros educativos concertados de la Comunidad de Castilla y León destinen y justifiquen correctamente las cantidades abonadas para otros gastos y gastos de personal complementario y facilitar el trabajo de los órganos implicados en el procedimiento.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa que permita alcanzar el objetivo.
Fecha de publicación 6 de abril de 2021
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 16 de abril de 2021.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
No hay aportaciones