En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto se propone la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un decreto de la Consejería de Educación para establecer los Currículos de los ciclos inicial y final de grado medio correspondientes al título de técnico deportivo en baloncesto en la comunidad de Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El presente Decreto pretende establecer el currículo de los ciclos inicial y final de grado medio correspondientes al título de Técnico deportivo en baloncesto en la comunidad de Castilla y León. , ampliando de este modo la oferta educativa actual de las modalidades de enseñanzas deportivas de Régimen Especial de Castilla y León.
Asimismo, mediante este Decreto, pretendemos impulsar la formación de técnicos en baloncesto para cubrir las demandas de personal cualificado en el sector
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Las Enseñanzas Deportivas deben adaptarse permanentemente a las necesidades de la sociedad y a la normativa reguladora.
La Consejería de Educación considera esencial desarrollar currículos de nuevas modalidades de enseñanzas deportivas que se ajusten a aquellas demandas profesionales necesarias, siendo en la actualidad especialmente útiles en la sociedad en la que vivimos, ante el aumento de práctica deportiva.
3. Objetivos de la norma.
Establecer el Decreto por el que se establece el currículo de los ciclos inicial y final de grado medio correspondientes al título de Técnico deportivo en baloncesto en la comunidad de Castilla y León.
Este decreto será de aplicación en los centros que impartan enseñanzas deportivas de la Comunidad de Castilla y León.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 29 de diciembre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 8 de enero de 2021.
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