En qué consiste
Este decreto tiene como objetivo la revisión y mejora de la normativa actualmente vigente en materia de servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León para adaptarla a las exigencias que imponen las nuevas relaciones con los ciudadanos, la evolución de las tecnologías, así como las obligaciones de calidad, transparencia y de protección de datos de carácter personal.
Es una regulación específica, integral o comprensiva de todos los aspectos de la atención presencial realizada desde las oficinas de asistencia en materia de registros, alineada con la normativa legal y que dentro de la omnicanalidad de la atención ciudadana autonómica, permita la consideración de aquellos elementos específicos que no se producen en los demás canales disponibles para la ciudadanía como son el telefónico y el electrónico.
Afecta a los siguientes textos:
Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y se declaran los números telefónicos oficiales.
Orden HAC/1039/2012, de 30 de noviembre, por la que se establece el horario de atención al público en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano.
Orden HAC/450/2013, de 30 de abril, por la que se hace pública la relación de las unidades en las que se realiza la función de registro así como de sus números oficiales de telefax.
Se trata de desarrollar un nuevo modelo de oficinas de asistencia en materia de registros orientado al ciudadano, que permita compatibilizar un servicio más completo y avanzado tecnológicamente, seguro y ágil, que apoye al ciudadano en la realización de sus trámites administrativos, ahora electrónicos, de forma homogénea y uniforme en todas las oficinas, con un trato de confianza, personal y personalizado, desempeñado por profesionales totalmente comprometidos y avalado con la satisfacción de los ciudadanos.
A tal fin, se regulan la organización y funcionamiento homogéneos de las oficinas, y en particular, el sistema de registro único de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; se definen los criterios de calidad y transparencia que deben regir la prestación del servicio; se garantiza la formación y capacitación necesarias del personal de las oficinas de asistencia en materia de registros mediante la planificación y ejecución de actuaciones formativas de diferentes tipologías; y, por último, se compromete la participación de este personal en el diseño de los procesos y mejora continua de las herramientas y servicios prestados a la ciudadanía.
Fecha de publicación 10 de diciembre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finaliza a las 14:00 horas del 28 de diciembre de 2020.
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