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(2020/10) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se desarrollan aspectos del Decreto por el que se regulan las condiciones de acceso, la admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Cdad de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

A tal efecto se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto por el que se regulan las condiciones de acceso, la admisión y la matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.  

En desarrollo del Real Decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial, se ha publicado en Castilla y León el Decreto 37/2018, de 20 de septiembre por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León. 

Posteriormente, se publicó el Real Decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Se está desarrollando actualmente un proyecto de Decreto que regule el cambio que se deriva de esta normativa mencionada en las enseñanzas de idiomas. Este proyecto de Decreto necesita que determinados aspectos de las condiciones de acceso, la admisión y la matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas sean desarrollados en una Orden.

2.  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Las escuelas oficiales de idiomas, únicos centros sostenidos con fondos públicos de enseñanza de idiomas, necesitan una normativa que se adapte a los cambios recogidos en el Decreto 37/2018, de 20 de septiembre por el que se establece la ordenación y el currículo de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad de Castilla y León, y en la normativa básica citada en el apartado anterior.

El Proyecto de Decreto por el que se regulan las condiciones de acceso, la admisión y la matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León, actualmente en proceso de tramitación, responde a esta necesidad, que ha de tener su continuidad en la Orden que aquí se presenta cuyo objeto es desarrollar aspectos relacionados con la admisión y la matriculación en las enseñanzas de idiomas que no pueden ser recogidos en dicho decreto dado el rango de la norma.

Con esta orden se pretende simplificar el procedimiento de admisión a estos centros con respecto al que estaba vigente hasta ahora, además de facilitar el acceso a la formación en idiomas a aquellas personas que estén cursando enseñanzas ordinarias o que, habiendo cursado una lengua extranjera en otros estudios del sistema educativo, necesiten profundizar en dichos conocimientos y obtener una certificación oficial de idioma.

La Consejería de Educación considera esencial atender la demanda de formación en idiomas para todas aquellas personas que lo deseen y para ello pone en marcha un proyecto de Decreto y de orden que regule el acceso, la admisión y la matriculación en escuelas oficiales de idiomas en aras de agilizar un procedimiento que conllevará sin duda un incremento en el número de matriculaciones en las escuelas oficiales de idiomas de Castilla y León.

3. Objetivos de la norma.

Propuesta de Orden por la que se desarrollan determinados aspectos del Decreto por el que se regulan las condiciones de acceso, la admisión y la matriculación del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

Esta orden será de aplicación en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Castilla y León.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 1 de octubre de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 13 de octubre de 2020.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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