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(2020/06) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se regulan los diferentes tipos de colaboración no permanente en las actividades organizadas por la Red de formación del profesorado de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de modificación de una norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se regulan los diferentes tipos de colaboración no permanente en las actividades organizadas por la Red de formación del profesorado de Castilla y León y se determina el régimen de indemnizaciones por esta colaboración y las cuantías correspondientes:

 

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La aprobación de la Orden PRE/1310/2019, de 16 de diciembre, por la que se regulan los diferentes tipos de colaboración no permanente en las actividades organizadas por la Escuela de Administración Pública de Castilla y León (ECLAP), y se determina el régimen de indemnizaciones por esta colaboración y las cuantías correspondientes, ha derogado la Orden de 11 de marzo de 1994, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, que desarrollaba el Decreto 252/1993, de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal autónomo de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Por este motivo es preciso regular el régimen de indemnizaciones por los diferentes tipos de colaboración que se producen en el ámbito específico de la formación permanente del profesorado.

 

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

A la vista del tiempo transcurrido desde la aprobación de la derogada Orden de 11 de marzo de 1994, de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial hasta la actualidad, y de las transformaciones importantes que durante estos años se han producido en relación con la formación permanente del profesorado, se considera oportuno actualizar el régimen de las cuantías correspondientes a estas indemnizaciones.

 

c) Objetivos de la norma.

Regular los diferentes tipos de colaboración no permanente en las actividades organizadas por la Red de formación del profesorado de Castilla y León y determinar el régimen de indemnizaciones por esta colaboración y las cuantías correspondientes.

 

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

Fecha de publicación 05 de marzo de 2020

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 3 de junio de 2020.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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