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(2020/01) Procedimiento para la elaboración de un Decreto del proceso de admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de la Cdad. CyL (Cerrado).

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se desarrolla el proceso de admisión y matriculación del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas elementales y profesionales de música en los conservatorios de la Comunidad de Castilla y León.

1.    Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, define los requisitos de acceso a las enseñanzas citadas. Para acceder a las enseñanzas elementales y profesionales de música será preciso superar una prueba específica de acceso; mediante esta prueba se valorará madurez, las aptitudes y los conocimientos, en cada caso, para cursar con aprovechamiento las citadas enseñanzas. El citado Decreto 60/2007, de 7 de junio, en su artículo 5.1 prevé como requisito de acceso al primer curso de las enseñanzas elementales de música la edad mínima de 8 años, si bien el apartado 2, tras su modificación por el Decreto 24/2018, de 23 de agosto, posibilita con carácter excepcional puedan realizar la prueba de acceso a primer curso de las enseñanzas elementales, aquellos aspirantes que no reúnen el requisito de edad mínima mencionada.

Por otra parte, y en consonancia con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, la admisión a las enseñanzas de régimen especial se regulará por su normativa específica. Por este motivo y dado que hasta el momento se viene utilizando para regular este proceso, la Orden 1496/2005, de 7 de noviembre, por la que se desarrolla el proceso de admisión del alumnado en centros docentes que impartan enseñanzas artísticas y de idiomas sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, es preciso, tras la experiencia adquirida en estos últimos años en los conservatorios profesionales de Música de la Comunidad y las nuevas necesidades surgidas de modificación del currículo, crear un nuevo Decreto que regule la admisión y matriculación en estos centros.

 

2.    Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica en el Título I, el Capítulo VI a regular las enseñanzas artísticas, concretamente la Sección Primera del Capítulo VI se refiere a la ordenación de las enseñanzas elementales y profesionales de música y danza. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha supuesto una serie de novedades en la regulación de la escolarización y los requisitos de acceso a las enseñanzas citadas, en los artículos 48, 49, 52 y 59 se establecen los requisitos para acceder a las enseñanzas profesionales de música y danza.

El Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música y reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en los artículos 7 al 10, los requisitos de académicos, prueba de acceso, admisión y matriculación de las enseñanzas profesionales de música, correspondiendo a las Administraciones educativas regular dichos procesos.

Por otra parte, los artículos 5 y 6 del Decreto 60/2007, de 7 de junio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas elementales y profesionales de música en la Comunidad de Castilla y León, define los requisitos de acceso a las enseñanzas citadas y determinan que corresponde a la Consejería de Educación regular y organizar el proceso de admisión y matriculación de los alumnos de estas enseñanzas en la Comunidad.

El Decreto 24/2018, de 23 de agosto modificó el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 5 del Decreto 60/2007, de 7 de junio, estableciendo que pueden ser admitidos con carácter excepcional para realizar la prueba de acceso a las enseñanzas elementales, aquellos aspirantes que no reúnen el requisito de edad mínima, en los términos que establezca la consejería competente en materia de educación.

Finalmente, el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, establece que la admisión a las enseñanzas de régimen especial se regulará por su normativa específica.

3.    Objetivos de la norma.

Regular los procesos y criterios de admisión y matriculación del alumnado en las enseñanzas elementales y profesionales de música de los conservatorios profesionales de música de la Comunidad de Castilla y León.

4.    Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa. 

 

Fecha de publicación 20 de diciembre de 2019

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