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(2019/12) Procedimiento para la elaboración de una orden de bases reguladoras de los premios-subvención a proyectos de educación para el desarrollo, la transformación social y la ciudadanía global en centros educativos de la Cdad. de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

       De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública.

       A tal efecto, se prevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de premios-subvención dirigidos a promover proyectos en materia de educación para el desarrollo, la transformación social y la ciudadanía global en centros educativos sostenidos por fondos públicos de Castilla y León.

 

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

La Ley 9/2006, de 10 de octubre, de Cooperación al Desarrollo de Castilla y León,  incluye, como prioridad sectorial, la sensibilización de la sociedad castellana y leonesa en materia de cooperación al desarrollo, mediante la concienciación de la opinión pública y de la información sobre la realidad de los países empobrecidos y de las causas de su empobrecimiento, así como a través de la promoción de la educación para el desarrollo en los ámbitos educativos formales de la Comunidad de Castilla y León.

Así, el III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo aprobado por Acuerdo 75/2016, de 1 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, establece como línea estratégica de Educación para el Desarrollo y la Ciudadanía Global,  impulsar y acompañar la incorporación de la Educación para la Ciudadanía Global de forma efectiva en todos los ámbitos de la educación formal, trabajando con toda la comunidad educativa: docentes, alumnado, padres y madres, trabajadores y administraciones, poniendo en valor el esfuerzo del trabajo ya realizado y favoreciendo la continuidad de las acciones, así como el trabajo en red.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Esta Consejería considera necesario y oportuno, la sensibilización y la educación. Es de importancia fundamental visibilizar y dar valor a todas aquellas iniciativas y proyectos que a lo largo de los años los centros docentes, desde las distintas etapas del sistema educativo, han ido realizando a favor de una mayor sensibilización y mejor comprensión del desarrollo global, la lucha contra la pobreza y la promoción de los derechos humanos a nivel mundial.

En este sentido, entre las medidas de fomento o impulso en poder de la Administración se encuentran las de otorgar ayudas o subvenciones.

En consecuencia, es preciso establecer unas bases reguladoras que determinen el régimen jurídico de las subvenciones que se pretenden conceder, tal y como dispone la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 que establece que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión en los términos de esta ley.

Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención.

3. Objetivos de la norma.

       Se pretenden establecer las bases reguladoras para la concesión de premios-subvención destinados a centros educativos de Castilla y León, sostenidos con fondos públicos, para realizar actuaciones que contribuyan a informar, sensibilizar, concienciar, desarrollar el espíritu crítico, y fomentar la participación activa del alumnado en la consecución de una ciudadanía global, solidaria, comprometida con la erradicación de la pobreza y sus causas, así como con el desarrollo humano y sostenible y la promoción de los derechos humanos.

4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

 

Fecha de publicación 22 de noviembre de 2019

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 2 de diciembre de 2019.

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