En qué consiste
Trámite de Consulta Previa Pública enel Procedimiento de Elaboración de Normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de laComunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectosde ley o reglamento , se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto, seprevé una consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración deuna orden por la que se regulan el procedimiento de comunicación,autorización y tramitación de las modalidades de caza en Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar conla iniciativa:
Mejora de la regulación de la actividad cinegética con las aportaciones ciudadanas.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Cumplir con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con lo dispuesto en la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza de Castilla y León 3. ** ** Objetivos de la norma: Desarrollar los procedimientos y requisitos para la autorización de las modalidades decaza. 4. Posiblessoluciones alternativas regulatorias y no regulatorias** :** Ninguna
Fecha de publicación 3 de abril de2019.
El plazo para realizar aportaciones a esta consultaprevia finalizó a las 14:00 horas del 15 de abril de 2019.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
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