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(2018/04) Propuesta de Orden por la que se regula el procedimiento de autorización o reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividades públicas o privadas al personal al servicio de la Administración Autonómica. (Cerrado)

En qué consiste

El régimen de incompatibilidades se puede definir, en términos generales, como el conjunto de normas que resultan de aplicación a los empleados públicos que pretenden desempeñar un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad en el sector público o ejercer una actividad privada. El marco normativo actual del régimen de incompatibilidades de los empleados públicos al servicio de la administración autonómica está constituido por la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, norma que viene a cumplir el mandato contenido en el artículo 103.3 de nuestra Constitución, cuya Disposición Adicional Sexta atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para dictar las normas precisas para la ejecución y desarrollo de la misma, asegurando la necesaria coordinación y uniformidad de criterios y procedimientos.

Al amparo de esta habilitación la Comunidad de Castilla y León dicta el Decreto 227/1997, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, cuya Disposición Final Primera faculta al Consejero con competencia en materia de Función Pública para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicación y desarrollo de este Reglamento.

Ello da lugar a la proliferación de numerosas normas, cuya finalidad ha sido adaptar el régimen de incompatibilidades a las diferentes realidades acaecidas a lo largo de estos años. En el año 2012 se dicta la Orden HAC/1134/2012, de 28 de diciembre, por la que se regula el procedimiento de autorización o reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividades públicas o privadas al personal comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que engloba en una única norma los diferentes procedimientos a través de los que se puede solicitar la autorización o reconocimiento de compatibilidad en sus diferentes modalidades. De manera simultánea a la aprobación de esta orden, a través de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas se modifica el Título IV de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, implantando una tasa para la autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividades públicas o privadas al personal comprendido en el ámbito de aplicación del Reglamento de Incompatibilidades del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Por otro lado, los cambios introducidos en el régimen administrativo por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, hacen necesario adaptar el procedimiento de autorización o reconocimiento de compatibilidad a la nueva realidad, tanto jurídico-administrativa como técnica, implantada por las citadas normas. Todo ello hace conveniente la aprobación de una nueva orden que, además de lograr esta finalidad unificadora, permita una gestión más ágil de los expedientes de compatibilidad.

Propuesta de Orden por la que se regula el procedimiento de autorización o reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio de actividades públicas o privadas al personal al servicio de la Administración Autonómica. Anexo I Anexo II y III Anexo IV

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