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(2018/03) Procedimiento para la elaboración de un Proyecto de Decreto por el que se aprueba el plan sectorial de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de la Comunidad de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración un decreto por el que se apruebe un plan sectorial para los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de la Comunidad de Castilla y León.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:

Con el plan sectorial de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento de la Comunidad de Castilla y León se pretende conseguir una respuesta homogénea de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento para las personas y los bienes del territorio de la Comunidad de Castilla y León, independientemente del lugar donde se encuentren.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León establece en el artículo 40, que lleva por título “ordenación”, en su apartado segundo, que la Junta de Castilla y León ejercerá la coordinación de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento, a través del establecimiento de un estatuto para dichos servicios en Castilla y León, el cual tendrá el carácter de plan sectorial y contendrá criterios de actuación, los objetivos y prioridades y en su caso, los instrumentos orgánicos, funcionales y financieros adecuados y necesarios para una prestación homogénea de este servicio a los ciudadanos de la Comunidad. Por tanto, la adopción de dicho plan viene justificado por el cumplimento del mandato del citado artículo de la Ley de Protección Ciudadana de Castilla y León.

3. Objetivos de la norma:

Cumplimiento del mandato del artículo 40.2 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León, en los términos anteriormente expresados.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No las hay.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 horas del 5 de marzo de 2018.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones