Volver

(2018/02) Procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se regula la distinción «Óptima Castilla y León» (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de un decreto por el que se regula la distinción «Óptima Castilla y León». Por tanto, se considera la oportunidad de elaborar dicho Decreto, atendiendo a lo siguiente:

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Las dificultades en el desarrollo de la carrera profesional que experimentan las mujeres y la falta de igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral, tanto en el acceso al mercado laboral como en su mantenimiento en el mismo. Asimismo, es necesario fomentar la corresponsabilidad entre la vida personal, profesional y laboral de mujeres y hombres.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Los cambios transcendentales producidos en la normativa sobre igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en los procesos técnicos de implantación de acciones de igualdad en el ámbito laboral, en el grado de implicación del mundo empresarial con la igualdad de género y los cambios en la percepción de la sociedad en general sobre el papel de la mujer. Estos avances aconsejan adecuar la regulación de la distinción “ÓPTIMA Castilla y León” a esta nueva realidad.

c) Objetivos de la norma.

Reconocer la labor de las empresas y entidades comprometidas con la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, incentivar la puesta en práctica de políticas de acción positiva en las organizaciones y lograr la máxima difusión pública de las iniciativas de las empresas y entidades en dicho ámbito.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Se considera como fórmula más adecuada la de su aprobación mediante Decreto.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 horas del 5 de febrero de 2018.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones