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(2017/12) Procedimiento para la elaboración de una Orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar los gastos derivados de realización de concentraciones de jóvenes deportistas dentro del Programa Siglo XXI (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el objeto de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, debe sustanciarse una consulta pública con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o reglamento , para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone esta consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la realización por las Federaciones deportivas de concentraciones deportivas que se celebren cada anualidad dentro del denominado Programa Siglo XXI, que tiene por finalidad el captar jóvenes talentos en las categorías del deporte en edad escolar, que destaquen de manera especial por su condición técnica individual o colectiva.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:

En el ámbito deportivo se hace necesario preparar desde las edades más tempranas a los futuros deportistas aprovechando esta etapa de crecimiento y desarrollo físico y personal. Las Federaciones Deportivas cuentan con el personal técnico adecuado, por lo que se hace necesario contar con el apoyo de la administración deportiva mediante la financiación de los gastos en alojamiento, manutención y desplazamiento para que puedan realizar la labor de detección y preparación técnica de los deportistas de las categorías inferiores. Se hace por ello conveniente establecer medidas encaminadas a fomentar el deporte en edad escolar facilitando la creación de aquellas condiciones óptimas para realizar la formación y el perfeccionamiento de estos jóvenes deportistas que por sus cualidades técnicas puedan desarrollar y progresar su faceta deportiva.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La actividad desarrollada por las Federaciones Deportivas de Castilla y León en las edades más tempranas del deporte en edad escolar contribuye al enriquecimiento deportivo de estos deportistas que destacan por sus cualidades técnicas, a través del fomento de la realización de concentraciones deportivas que contribuyan a mejorar su formación y el perfeccionamiento deportivo. Es por ello, que la Consejería de Cultura y Turismo pretende contribuir mediante el apoyo al desarrollo de estas actividades federativas.

Esta orden se hace necesaria desde el convencimiento de potenciar a los futuros deportistas de la Comunidad creando desde las categorías en edad escolar las condiciones óptimas para su progresión en un entorno basado en los valores intrínsecos al deporte como son: el de superación, esfuerzo, constancia, competitividad, etc., que pretenden inculcarse a través de la realización de estas concentraciones puntuales por parte de las Federaciones Deportivas.

En consecuencia, es preceptivo el establecimiento de unas bases reguladoras que establezcan el régimen jurídico de las subvenciones que se pretenden conceder, tal y como establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 9.2 que establece que “con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta Ley”, siendo este un precepto de carácter básico.

Así mismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras, con el carácter de disposiciones generales, deben desarrollar el régimen jurídico de cada subvención, con el contenido mínimo establecido en las normas básicas y en el propio artículo 6.

3. Objetivos de la norma:

Se pretende establecer las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la realización de estas concentraciones deportivas. Las subvenciones tendrán por finalidad el fomento de los valores deportivos contribuyendo mediante la formación y preparación técnica, seleccionar a aquellos deportistas en categorías inferiores que cuentan con especiales cualidades en los diferentes deportes.

4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se aprecia ninguna.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finaliza a las 09:00 horas del 26 de diciembre de 2017.

¿Qué opinas sobre estos cuatro aspectos?

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