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(2017/09) Procedimiento para la elaboración una orden para la regulación de la autorización sanitaria de funcionamiento de los servicios integrados en los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en CyL (Cerrado)

En qué consiste

Trámite de Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una orden de la Consejería de Sanidad, por la que se regulan las condiciones y requisitos para la autorización sanitaria de funcionamiento de los servicios sanitarios integrados en los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Con fecha 31 de julio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de Castilla y León el Decreto 14/2017, de 27 de julio, de autorización y funcionamiento de los centros de carácter social para la atención a personas mayores de Castilla y León, norma que deroga el Decreto 14/2001, de 18 de enero. Dicho Decreto establecía unas condiciones mínimas que debían reunir los servicios sanitarios integrados en este tipo de centros, condiciones que ahora no se establecen en la nueva norma, pero que es necesario regular debido a que gran parte de estos centros van a seguir ofreciendo y presentando servicios sanitarios.La necesidad de garantizar una atención sanitaria de calidad en aquellos centros de carácter social para la atención a personas mayores de Castilla y León que opten por disponer de servicios sanitarios propios ha aconsejado la elaboración de esta nueva orden para regular las condiciones y requisitos para la autorización sanitaria de funcionamiento de los servicios sanitarios integrados en los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación

Con la presente Orden se pretende regulan las condiciones y requisitos para la autorización sanitaria de funcionamiento de los servicios sanitarios integrados en los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León, condiciones que ahora no se establecen en la nueva norma, pero que es necesario regular para aquellos centros que opten por ofrecer servicios sanitarios.

c) Objetivos de la norma.

Con la presente Orden se pretende regulan las condiciones y requisitos para la autorización sanitaria de funcionamiento de los servicios sanitarios integrados en los centros de carácter social para la atención a las personas mayores en Castilla y León evitando el vacío generado tras ser derogado Decreto 14/2001, de 18 de enero.

d) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias

No se aprecia ninguna.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 25 de septiembre de 2017.

¿Que opinas sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones