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(2017/07) Procedimiento de elaboración de la orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a promover la comercialización y garantizar el abastecimiento en el medio rural de la Comunidad de Castilla y León (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, debe sustanciarse una consulta pública con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de Ley o Reglamento, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus aportaciones, opiniones o sugerencias sobre los aspectos planteados, en un plazo de 10 días naturales.

A) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Mediante el Acuerdo 34/2016, de 9 de junio, de la Junta de Castilla y León, se aprueba el III Plan de Comercio: Estrategia para el comercio de Castilla y León 2016-2019 (B.O.C. y L. nº 112, de 13 de junio de 2016), con el objetivo estratégico de mejorar la competitividad del comercio de la Comunidad de Castilla y León.

Entre las líneas de actuación que la actual estrategia para el comercio establece, interesa aquí destacar la comercialización en el medio rural, con el objetivo, entre otros, de conocer la ubicación de la distribución y del aprovisionamiento en el medio rural, a cuyo fin se ha llevado a cabo un diagnóstico que ha permitido deducir el nivel de servicio que, en materia de distribución comercial, existe en este ámbito.

Este diagnóstico ha puesto de manifiesto las zonas o áreas con mayores carencias en materia de aprovisionamiento, zonas en las que es necesario actuar con la finalidad de dotarlas de un mínimo de oferta comercial, apoyando los proyectos de inversión orientados a dicha finalidad.

B) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 9.2 que “con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta Ley”, siendo éste un precepto de carácter básico.

Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras, con el carácter de disposiciones generales, deben desarrollar el régimen jurídico de cada subvención, con el contenido mínimo establecido en las normas básicas y en el propio artículo 6.

En consecuencia, es preceptivo el establecimiento de unas bases reguladoras que establezcan el régimen jurídico de las subvenciones que se pretenden conceder.

C) Objetivos de la norma

Establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas promover la comercialización y garantizar el abastecimiento en el medio rural de la Comunidad de Castilla y León.

D) Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

%{color:red}El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 09:00 del 3 de julio de 2017.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

No hay aportaciones