En qué consiste
El principio de publicidad de las normas como presupuesto de su eficacia jurídica está previsto en la Constitución Española y en el Código Civil, y constituye una de las garantías del principio de seguridad jurídica y del estado de derecho.
Junto a ello, el Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su artículo 70.1.1º que la Comunidad de Castilla y León tiene competencia exclusiva en materia de organización, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno. Además, en su artículo 27, prevé que el Presidente ordenará la publicación de las leyes de las Cortes y de los decretos y acuerdos de la Junta de Castilla y León en el Boletín Oficial de Castilla y León.
La disposición que actualmente regula el Boletín Oficial de Castilla y León es el Decreto 61/2009, de 24 de septiembre, por el que se regula el “Boletín Oficial de Castilla y León”. Las innovaciones tecnológicas y también la nueva regulación básica del procedimiento administrativo común han dado lugar a la exigencia de una nueva regulación que ha de adecuarse a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Proyecto de decreto por el que se regula el boletín oficial de Castilla y León.
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