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Proyecto de Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se modifica la Orden AGR/631/2020, de 1 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «León» y de su Consejo Regulador

En qué consiste

Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se modifica la Orden AGR/631/2020, de 1 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «León» y de su Consejo Regulador.

La presente orden tiene por objeto modificar el anexo “REGLAMENTO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN «LEÓN» Y DE SU CONSEJO REGULADOR” de la citada Orden AGR/631/2020, de 1 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de la Denominación de Origen «León» y de su Consejo Regulador, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen «León», y ello en base a la propuesta de modificación de su Reglamento por parte del pleno del Consejo regulador, con los siguientes objetivos:

  • Concretar el funcionamiento del Pleno del Consejo Regulador en lo relativo a la adopción de acuerdos y garantía de confidencialidad de los asuntos tratados en sus reuniones, posibilidad de mantener reuniones y adoptar acuerdos vía telemática.
  • Incluir el Área de certificación en la estructura del Consejo Regulador y actualizar las cuotas máximas que el Consejo podrá recaudar por actividades realizadas en ejercicio de funciones públicas, en concreto, para el mantenimiento de los registros de operadores, la emisión de certificados de origen y de contraetiquetas. La creación del Área de certificación está motivada por la implantación de los procedimientos aprobados para el mantenimiento de la acreditación en el cumplimiento de la norma UNE-EN ISO/IEC 17065 por parte de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), y contará con un director técnico.
  • La actualización de las cuotas máximas que el Consejo podrá recaudar por actividades realizadas en ejercicio de funciones públicas está motivada por la necesidad de aumentar los ingresos del Consejo Regulador para afrontar los costes de acreditación y el encarecimiento de los costes para el mantenimiento de los registros de operadores que se han producido desde la aprobación del Reglamento.

Esta fase del proceso todavía no está abierta