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Proyecto de Decreto, por el que se modifica el Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas de Castilla y León

En qué consiste

En la actualidad, el marco regulatorio de las actividades de producción, transporte y distribución de energía eléctrica está definido por la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, cuyo artículo 53 establece que la puesta en funcionamiento, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte, distribución, líneas directas y estaciones de recarga de vehículos eléctricos requiere autorizaciones administrativas. Sin embargo, su disposición final segunda excluye de su carácter básico las referencias a los procedimientos administrativos, que serán regulados por la Administración Pública competente, ajustándose en todo caso a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para las instalaciones competencia de la Administración General del Estado, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, establece procedimientos administrativos en su Título VII que no tienen carácter básico para aquellos en los que sean competentes las Comunidades Autónomas.

La Administración de la Comunidad de Castilla y León tiene competencias exclusivas en materia de instalaciones de producción, distribución y transporte de energía eléctrica cuando se circunscriban al territorio de la Comunidad Autónoma, conforme lo establecido en el artículo 70.1. 24º de la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

Concretamente, compete a la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León promover, proyectar, dirigir, coordinar, ejecutar e inspeccionar la política energética en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma, conforme lo dispuesto en el artículo 1.1.i) del Decreto 7/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

La motivación para la aprobación del presente decreto es modificar el artículo 3 del Decreto 46/2022, de 24 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas de Castilla y León, añadiendo cuatro nuevos apartados, con los siguientes objetivos:

  • Eximir de las autorizaciones administrativas previas y de construcción de las instalaciones de producción hasta 500 kW.
  • Simplificar la tramitación de expedientes acogidos a la modalidad de compensación de excedentes, para fomentar el establecimiento de instalaciones de autoconsumo de pequeña potencia.
  • Simplificar la tramitación de las modificaciones de instalaciones eléctricas ya autorizadas.
  • Simplificar la tramitación de las acometidas necesarias para la concesión de nuevos suministros que permitan el desarrollo de una adecuada red de punto de recarga públicos de vehículos eléctricos.

En consecuencia, procede iniciar la tramitación para la aprobación de un decreto por el que se modifique el decreto que regula los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones eléctricas de Castilla y León.

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