En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al alumnado que curse determinados estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores en centros docentes de Castilla y León.
Mediante la elaboración de una Orden por la que por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas dirigidas al alumnado que curse determinados estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores en centros docentes de Castilla y León se pretende armonizar el marco regulador de estas ayudas de modo que puedan acceder a las mismas teniendo en cuenta las modificaciones producidas por le Ley 1/2024, de 4 de marzo, que regula dichas enseñanzas equiparando plenamente las ayudas de estos estudios a las correspondientes a enseñanzas universitarias. El tratamiento de esta regulación se equipara en cuanto al procedimiento y tramitación a las ayudas al estudio para alumnado universitario de Grado y Máster de las Universidades de Castilla y León.
La nueva regulación se aborda en el contexto de una cambiante sociedad en la que es necesario que un sistema educativo equitativo y de calidad esté capacitado y dé respuestas innovadoras de forma que el alumnado de las enseñanzas artísticas superiores podrá optar, en igualdad de condiciones, a las ayudas destinadas al estudiantado del EEES, por lo que se excluyen de la convocatoria que hasta ahora la Consejería competente en materia de Educación de la Junta de Castilla y León había regulado en materia de ayudas para el alumnado que curse estudios de bachillerato, formación profesional o de régimen especial, siendo este el motivo de la nueva regulación que se acomete excluyendo las Enseñanzas Artísticas Superiores de la convocatoria de postobligatorios mediante una convocatoria individualizada para estas enseñanzas.
Su utilización didáctica permite ampliar el concepto de estudios que incluyen las Enseñanzas Artísticas Superiores y tratamiento de las mismas a efectos de becas equiparándolas plenamente a las universitarias.
Por ello, en este momento se hace preciso regular unas nuevas bases reguladoras para ampliar los estudios que ha de cursar el alumnado al que van dirigido estas ayudas, extendiéndolo a la regulación europea y nacional dotando de plena equivalencia a las ayudas de enseñanzas artísticas superiores a lo previsto para las ayudas universitarias.
Para materializar este paso en la línea emprendida por la Consejería de Educación de cara a facilitar al alumnado que curse este tipo de enseñanzas artísticas superiores en determinados centros de Castilla y León, es necesario elaborar en este momento unas nuevas bases en las que se equipare el tratamiento del alumnado destinatario, dada la necesidad de armonización del sistema educativo español en el que ha cobrado especial relevancia la consideración académica y profesional de las Enseñanzas Artísticas, y en particular, las Superiores, procurándose implementar medidas encaminadas a adecuar los estudios superiores de dichas enseñanzas a las exigencias propias del nuevo Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), permitiendo su equiparación con las enseñanzas universitarias sin renunciar por ello a sus rasgos específicos.
Con la presente Orden se pretenden lograr los siguientes objetivos:
No se aprecia ninguna dentro del marco de la legalidad vigente.
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