En qué consiste
Este decreto tiene como objetivo la actualización y mejora de las normas de organización de los Servicios Jurídicos de la Comunidad, necesaria tras la aprobación y publicación de la Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la Asistencia Jurídica a la Comunidad de Castilla y León, y las previsiones de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Es una regulación específica que permite adecuar la regulación de la organización y funcionamiento de los Servicios Jurídicos al marco jurídico establecido en dichas normas y dar respuesta a las nuevas funciones asumidas por los Servicios Jurídicos de la Comunidad desde el Decreto de 1996.
El decreto permite asegurar que los Servicios Jurídicos de la Comunidad cuenten con medios adecuados para el ejercicio de sus funciones de forma coordinada, sometida a unos criterios uniformes y con plena autonomía en su funcionamiento.
Afecta a los siguientes textos:
Decreto 17/1996, de 1 de febrero, de organización y funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León.
Decreto 203/1997, de 23 de octubre, por el que se regula la asistencia judicial del personal al servicio de la Administración Autonómica.
Se trata de fijar una misma dependencia para todos los letrados integrantes de los Servicios Jurídicos de la Comunidad y adscribirlos orgánicamente a la consejería a la que esté adscrita la Dirección de los Servicios Jurídicos y funcionalmente a la persona titular de este centro directivo, así como disciplinar las circunstancias de prever los puestos de trabajo ocupados por letrados de los Servicios Jurídicos, teniendo en cuenta las características y condiciones de cada uno de ellos.
En este sentido, la norma contempla una organización de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León en sintonía con los Servicios Jurídicos de otras Comunidades Autónomas de similar exigencia en su acceso, organización y nivel competencial, así como con las necesarias peculiaridades de la organización del Servicio Jurídico del Estado.
Igualmente, la norma evitará la dispersión reglamentaria con la redacción de un texto normativo único, coherente, claro, conciso, seguro y comprensible, para lo que se ha utilizado un lenguaje sencillo, a pesar de la precisión exigida por la materia jurídica que en él se trata.
¿Desea realizar alguna aportación a este proyecto de decreto por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León, cuyo texto se inserta a continuación?
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