Proceso de legislación colaborativa
Proyecto de Decreto por el que se regula el sistema de reclamaciones en materia de consumo en la Comunidad de Castilla y LeónCódigo de la propuesta: CYL-2025-01-7937
El plazo de 3 meses desde los hechos para poder presentar la reclamación ante la Administración de ser imposible ponerla primero ante el empresario es un plazo demasiado corto
El plazo de 3 meses desde los hechos para poder presentar la reclamación ante la Administración de ser imposible ponerla primero ante el empresario es un plazo demasiado corto, ya que los consumidores no siempre tienen conocimiento de si tienen o no derecho a reclamar sobre los hechos ocurridos, una vez tenido conocimiento intentarán reclamar al empresario y de no poder contactar con él ya vendría el paso de reclamar ante la Administración, y es fácil que esos 3 meses ya hayan pasado ampliamente
Es un plazo excesivamente corto para muchas posibles reclamaciones en las que el empresario va dando largas, o contesta con retraso a los consumidores, cuando estos intentan solucionar previamente el problema poniéndose en contacto con la empresa. Sucede con frecuencia en las ventas a distancia en las que no se entrega el producto, o en las que se ha ejercido el derecho de desistimiento y no termina de llegar el reembolso del importe abonado. También es poco tiempo para las reclamaciones sobre contratos celebrados fuera del establecimiento mercantil (especialmente en los domicilios de consumidores), por el tipo de práctica comercial y la vulnerabilidad de los consumidores afectados, que suelen ser personas de avanzada edad que muchas veces viven solos.